Migraciones y sanidad: ya no es necesario tener la declaraci贸n jurada electr贸nica para ingresar o salir del pa铆s
El Gobierno elimin贸 el requisito聽reglamentario, que hab铆a sido fijado en septiembre de 2020 por la emergencia sanitaria de coronavirus. Tampoco聽ser谩 obligatorio realizar controles de temperatura en los puntos de ingreso al pa铆s ni en los embarques聽con destino al territorio nacional.
La Direcci贸n Nacional de Migraciones elimin贸 la declaraci贸n jurada electr贸nica聽para ingresar al pa铆s desde el exterior, tr谩mite que se hab铆a implementado como medida de control sanitario de fronteras聽hace dos a帽os para aquellos que ingresen o salgan del pa铆s por v铆a a茅rea, terrestre, fluvial o mar铆tima.
As铆 lo dispuso hoy la entidad gubernamental en el Bolet铆n Oficial, a trav茅s de la Disposici贸n 1975/2022, firmada por la titular del organismo, Florencia Carignano, quien lo ratific贸 en sus redes sociales. 鈥淓liminamos la declaraci贸n jurada.聽Ya no ser谩 necesario realizar la DDJJ para ingresar o salir del pa铆s. Seguimos haciendo que viajar sea m谩s r谩pido y m谩s sencillo鈥, afirm贸 la funcionaria.
En este sentido,聽la flexibilizaci贸n de los requisitos en materia de sanidad de fronteras se producen ante el 鈥渆levado nivel de inmunidad poblacional, adquirida por una alta incidencia de infecciones en sucesivas olas de contagios y muy altas coberturas de vacunas鈥.
A su vez, se destac贸 la聽鈥渆fectividad de las vacunas, principalmente en poblaciones vulnerables, han demostrado ser muy efectivas para prevenir enfermedad grave y mortalidad鈥.
La decisi贸n se llev贸 a cabo en consonancia con la resoluci贸n聽administrativa 837/2022 firmada por el jefe de Gabinete,聽Juan Manzur; la ministra de Salud,聽Carla Vizzotti; y el ministro del Interior,聽Eduardo 鈥淲ado鈥 de Pedro; quienes retiraron otros requisitos sanitarios relacionados聽con el tr谩nsito de pasajeros.
En ese marco, se igual贸 el procedimiento de la detecci贸n de los casos positivos y sospechosos de Covid-19 en el 谩mbito de las fronteras con los de 鈥渃ualquier infecci贸n respiratoria aguda鈥, seg煤n lo definido en el documento 鈥淓strategia de vigilancia y control integral de COVID-19 y otras infecciones respiratorias agudas鈥 publicado en abril de 2022.
Cabe recordar que en la DDJJ electr贸nica se detallaba el estado de salud del pasajero y la obligatoriedad de informar la presentaci贸n de s铆ntomas, al tiempo que聽buscaba聽agilizar los tiempos de espera ante la contingencia sanitaria.聽No cumplir con la obligaci贸n era pasible de las sanciones penales聽vinculadas a la infracci贸n de las normas de la pandemia.
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Ahora, con esta nueva flexibilizaci贸n, seg煤n informaron desde la DNM, 鈥ya no ser谩 necesario realizar controles de temperatura en los puntos de ingreso al pa铆s ni en los embarques聽con destino al territorio nacional鈥.
鈥淧odr谩n establecerse restricciones al ingreso de los y las acompa帽antes de los pasajeros y las pasajeras a las terminales aeroportuarias cuando la situaci贸n epidemiol贸gica as铆 lo requiera鈥, agrega la normativa.
Asimismo, la decisi贸n alcanza tambi茅n al tr谩nsito de los buques y cruceros internacionales, y聽facilita la autorizaci贸n del ingreso y egreso de restos humanos de personas fallecidas a causa de coronavirus con procedimientos espec铆ficos.