Monotributo: empez贸 la recategorizaci贸n tras los cambios por la ley de Alivio Fiscal, 驴hasta cu谩ndo hay tiempo?
La AFIP inform贸 los plazos vigentes para hacer la presentaci贸n y para pagar la obligaci贸n mensual, ambos extendidos a partir de la entrada en vigencia de la normativa aprobada por el Congreso. M谩s detalles en la nota.聽
La聽recategorizaci贸n semestral del monotributo se podr谩 realizar desde este lunes y hasta el 29 de julio pr贸ximo, mientras que hasta el 27 de julio tiene lugar la extensi贸n para pagar la obligaci贸n mensual. La Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) formaliz贸 la semana pasada a trav茅s de la Resoluci贸n General 5226/2022 la recategorizaci贸n semestral del monotributo que se podr谩 realizar entre este lunes 10 y el 29 de julio pr贸ximo y tambi茅n la extensi贸n hasta el 27 de julio del per铆odo para pagar la obligaci贸n mensual.
La recategorizaci贸n consiste en la evaluaci贸n de la actividad de los 煤ltimos 12 meses para determinar si deben mantener la categor铆a en la que se encuentran o modificarla.聽
Ley de Alivio Fiscal para monotributistas y aut贸nomos
De acuerdo con lo que informan desde la AFIP, la modificaci贸n de los plazos tiene como objetivo garantizar que los monotributistas accedan a los beneficios de la ley de Alivio Fiscal para Peque帽os Contribuyentes y Aut贸nomos, sancionada por el Congreso y promulgada por el Gobierno, que beneficiar谩 a 4,5 millones de monotributistas y 140.000 aut贸nomos.
Con la nueva normativa se "ampl铆an los l铆mites de facturaci贸n m谩xima por categor铆a del monotributo. Tienen una orientaci贸n progresiva que privilegia a las personas registradas en las categor铆as m谩s bajas al permitirles poder facturar hasta un 60% m谩s", sostuvo oportunamente la dependencia oficial en una nota de prensa. Al mismo tiempo, se exime del componente impositivo para 1,7 mill贸n de personas registradas en las categor铆as A y B que no perciban otro ingreso (por ejemplo, no tener un trabajo en relaci贸n de dependencia ni cobrar una jubilaci贸n).
Tambi茅n se dispone un " aumento de las deducciones de las y los trabajadores aut贸nomos que pagan el impuesto a las ganancias. La ley increment贸 de 2 a 2,5 veces la deducci贸n especial y, de esta forma, permite reducir la carga tributaria y mejorar el poder adquisitivo".
Los contribuyentes de las dos primeras categor铆as deber谩n realizar el pago mensual una vez que la exenci贸n del componente impositivo impacte sobre sus perfiles, que ser谩 a partir de este lunes 11 de julio. No obstante, durante todo el mes, se mantiene habilitada la posibilidad de abonar la obligaci贸n mensual del monotributo para quienes, por distintos motivos, as铆 lo requieran. En esos casos cuando surja una diferencia entre el monto pagado y el que corresponda tras aplicar las modificaciones surgidas por la ley de alivio fiscal, los peque帽os contribuyentes podr谩n reimputarla para cancelar otros per铆odos.
A partir del 11 de julio los peque帽os contribuyentes de las categor铆as A y B que no tengan otra fuente de ingresos podr谩n visualizar su nueva credencial a trav茅s de la p谩gina web de la AFIP, y en caso de necesitarlo, podr谩n reimprimir su credencial.
Esto se debe a que como dejar谩n de pagar el componente impositivo del monotributo el sistema les asignar谩 un nuevo C贸digo 脷nico de Revista (CUR).聽 Este procedimiento se realiza en monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal.
En sinton铆a con la ley, este mes comenzaron a regir los nuevos topes de facturaci贸n para monotributistas y aut贸nomos.聽As铆 se elev贸 en un 60,53% el monto tope de las primeras tres categor铆as del monotributo (A,B y C), en un 44,82% para la D; y en un 29,12% para del resto.
Este beneficio es para los monotributistas "puros", es decir para quienes no tienen otros ingresos ya sea por jubilaciones, relaci贸n de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles.
La facturaci贸n que podr谩 alcanzar cada categor铆a del monotributo ser谩 $748.382 para la A; $1.112.459 para la B; $1.557.443 para la C; $1.934.273 para la D; $2.277.684,56 para la E; $2.847.105,70 para la F; $3.416.526,83 para la G; $4.229.985,60 para la H; $4.734.330,03 para la I; $5.425.770,00 para la J; y $6.019.594,89 para la K.
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