INFORME ESPECIAL

Paro contra la Ley 脫mnibus y el DNU de Javier Milei: cu谩les son los puntos que generaron un fuerte rechazo entre los trabajadores y que ya fren贸聽la聽Justicia

El DNU 70/23 contempla la modificaci贸n o derogaci贸n de m谩s de 3.500 leyes, entre ellas est谩聽la reforma laboral,聽por la que hoy llamaron al聽paro nacional. El presidente de la Asociaci贸n Latinoamericana de Abogados Laboralistas, Mat铆as Cremonte,聽analiz贸 la normativa en di谩logo con Cr贸nica.聽

El rechazo a la reforma laboral que plantea el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 del presidente Javier Milei聽es uno de los ejes principales sobre los cuales marchan este mi茅rcoles gremios y trabajadores de todo el pa铆s durante el paro nacional convocado por la CGT.聽El otro es la ley "Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos", conocida tambi茅n como 脫mnibus.

Entre los puntos m谩s sensibles estaban la eliminaci贸n de la indemnizaci贸n, la quita de multas por registraci贸n deficiente y la eliminaci贸n del derecho a huelga. 鈥淣o tiene ning煤n aspecto positivo, perjudica a los trabajadores鈥, se帽al贸 a cr贸nica.com.arel presidente de la Asociaci贸n Latinoamericana de Abogados Laboralistas, Mat铆as Cremonte.

Si bien es la movilizaci贸n en contra del DNU m谩s importante hasta el momento, no fue la 煤nica. Desde su anuncio el pasado 21 de diciembre, los trabajadores salieron a la calle para reclamar por la p茅rdida de derechos que propone el Poder Ejecutivo en reiteradas ocasiones.

La Justicia fue otro de los frentes donde hubo resistencia, la Sala de Feria de la C谩mara Nacional de Apelaciones del Trabajo suspendi贸 el T铆tulo IV del DNU que incluye una restrictiva reglamentaci贸n del derecho de huelga en diversas actividades, entre otros puntos.

鈥淓l fundamento para impulsar esa reforma laboral regresiva聽es que existe una emergencia social. Cuando Milei anuncia el DNU por cadena nacional, 茅l dice que los salarios reales son miserables, que el desempleo es muy bajo, pero que eso se explica por la alta informalidad y por la alta precariedad laboral. Entonces, partiendo de la base de esa premisa y contrastando eso con las medidas que impulsa a trav茅s del DNU, esto va a ser totalmente ineficaz, porque nunca una reforma laboral regresiva como esta produjo un crecimiento en los 铆ndices econ贸micos o los 铆ndices sociales鈥, explic贸聽el abogado laboralista.

El fracaso de la reforma presentada podr铆a vaticinarse de acuerdo a las conclusiones de un estudio realizado en 2015 por la Organizaci贸n Internacional del Trabajo (OIT), que se hizo sobre 63 reformas laborales en distintos pa铆ses de todo el mundo, de todos los continentes. All铆 鈥渟e lleg贸 a la conclusi贸n de que en ning煤n caso una reforma laboral que haya implic贸 un retroceso en materia de derecho laboral, como es el caso de la que se impulsa a trav茅s del DNU, gener贸 un crecimiento econ贸mico, un crecimiento del empleo, un crecimiento de la registraci贸n鈥, aclar贸聽Cremonte.

Movilizaban este mi茅rcoles al Congreso en rechazo al DNU de Javier Milei (T茅lam)

Las medidas que plantea el Gobierno en materia laboral 鈥渟on comparables con la reforma que se hizo en 1976 con la dictadura militar, cuando se hizo una modificaci贸n de la Ley de Contrato del Trabajo que hab铆a sido sancionada en 1974. De hecho, esta reforma profundiza aquella que hab铆a hecho la dictadura y que todav铆a est谩 vigente, detall贸聽el letrado.

Los puntos del DNU 70/23 que generaron mayor rechazo

El Presidente firm贸 el DNU con un objetivo ambicioso: desregular el Estado, la econom铆a y el mercado de trabajo. La normativa, desarrollada en gran parte por el asesor del Gobierno Federico Sturzenegger, contempla la modificaci贸n o derogaci贸n de m谩s de 3.500 leyes, dentro de las cuales figura la reforma laboral, un cap铆tulo sensible por su alcance y que despert贸 un fuerte rechazo en diversos sectores.

En la definici贸n de relaci贸n de dependencia excluyeron聽expresamente de la Ley de Contrato de Trabajo a los contratos de obra, contratos de servicios y contratos de agencia. Todos regulados por el C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n, por ende, acreditada la relaci贸n formal de alguno de estas figuras de contrataci贸n, queda excluida cualquier presunci贸n de relaci贸n de dependencia.

Tal vez lo m谩s grave es la reforma del art铆culo 23 porque de alg煤n modo atenta contra toda la estructura del Derecho al Trabajo. Ese art铆culo lo que dispone es que cuando alguien, una persona presta servicios para otra persona, se presume que hay una relaci贸n laboral. A trav茅s del DNU, ahora, esa presunci贸n se ve debilitada en la medida que establece una salvedad y es, en el caso que exista, una locaci贸n de servicios鈥, advirti贸聽Cremonte.

Javier Milei firm贸 el DNU para desregular el Estado, la econom铆a y el mercado de trabajo.

En concreto, esto significa que todas aquellas relaciones laborales que ahora est谩n escondidas atr谩s de, por ejemplo, los monotributistas,quedan por fuera de la protecci贸n del derecho del trabajo. Ahora, eso es materia del derecho civil, como si fuera un problema entre dos personas que est谩n en igualdad de condiciones y el derecho al trabajo es todo lo contrario. Se basa en la idea fuerza de que en el contrato de trabajo hay dos personas que no son iguales. Hay una con mucho mayor poder relativo que la otra鈥, afirma el abogado laboralista.

En el caso de ser despedido, el DNU 70/23 propone la implementaci贸n de un Fondo de cese laboral que ser谩 de aceptaci贸n "voluntaria" por gremio, a trav茅s del cual las empresas y trabajadores deben aportar fondos en forma anticipada para cubrir las indemnizaciones por despido. Se inspira en el sistema del gremio de la construcci贸n (Uocra) y se negocia a trav茅s del convenio colectivo.

Figura en el art铆culo 81, que sustituye el art铆culo 245 de la Ley N掳 20.744 de Contrato de Trabajo, y contempla la modificaci贸n de los intereses por indemnizaciones, para lo cual se utilizar谩 lo que marque el 脥ndice de Precios al Consumidor (IPC) m谩s una tasa de inter茅s pura del 3% anual. All铆 se establece que la indemnizaci贸n 鈥渘o incluir谩 el Sueldo Anual Complementario ni conceptos de pago semestral o anual鈥, algo que, en la pr谩ctica, equivaldr谩 a reducir los rubros que componen la base de c谩lculo que incluye 铆tems alcanzados por la suba de precios.

De este modo,聽excluir谩n beneficios como el pago del celular, los ticket canasta o vales alimentarios, y los bonos anuales, puntos que la Justicia reconoci贸 como de car谩cter remuneratorio.

En el caso de ser despedido, el DNU 70/23 propone la implementaci贸n de un Fondo de cese laboral que ser谩 de aceptaci贸n "voluntaria" por gremio.

El DNU tambi茅n聽deroga la ley 25.323, que duplica las indemnizaciones en caso de una relaci贸n laboral no registrada o efectuada de manera deficiente. El justificativo que aparece en la normativa dice: 鈥Que el empleo formal registrado no crece desde el a帽o 2011 y es un hecho demostrado que las medidas estructurales adoptadas por la Ley de Empleo N掳 24.013 y por la Ley N掳 25.323 no han podido revertir el problema de la informalidad鈥.

El decreto tambi茅n pone fin a las multas por registraci贸n deficiente: se eliminan las sanciones establecidas por ley que el empleador debe pagar al trabajador afectado para la falta de registro de la relaci贸n laboral o el registro parcial de la misma, por consignar una fecha de ingreso posterior a la real o una remuneraci贸n menor a la percibida por el trabajador.

En este sentido, el abogado se帽al贸聽鈥La reducci贸n de contribuciones ya se hizo en los '90 y terminamos con el 25% de desempleo. Es decir, no contribuy贸 al crecimiento del empleo. La eliminaci贸n de la indemnizaci贸n agravada para aquellas personas que estando en una relaci贸n no registrada, son despedidas, tambi茅n es absurdo si el objetivo es la generaci贸n de empleo formal. Porque eliminando cualquier sanci贸n al empleador ilegal, lo m谩s probable es que entonces lo que crezca es el empleo informal. Porque ya registrar una relaci贸n o no registrarla, va a ser lo mismo. No va a haber ninguna consecuencia para quien mantenga en la ilegalidad a un empleado鈥.

El decreto pone fin a las multas por registraci贸n deficiente.

Asimismo, el DNU promueve la reducci贸n de aportes y contribuciones. En la actualidad las empresas contribuyen con el 16% de la jubilaci贸n, el 2% del PAMI, el 6% de la obra social, el 1,5% del Fondo Nacional de Empleo, el 0,3% del Seguro de Vida Obligatorio y la ART. Mientras que los trabajadores aportan el 11% de la jubilaci贸n, el 3% del PAMI y el 3% de la obra social.

Otro de los puntos m谩s sensibles del documento fue suspendido por la Justicia a trav茅s de una medida cautelar. Se trata de la restrictiva reglamentaci贸n del derecho de huelga en diversas actividades que son consideradas servicios esenciales, a las que se exigir谩 un 75% de prestaci贸n del trabajo normal, y otras que se califican de 鈥actividades de importancia trascendental鈥, que estar谩n obligadas a garantizar el 50% del servicio.

鈥淪iguiendo los criterios internacionales de la OIT, servicios p煤blicos esenciales son aquellos que pueden poner en riesgo la vida, la salud o la seguridad de la poblaci贸n, y entonces son los servicios hospitalarios, la producci贸n y el transporte de energ铆a el茅ctrica, agua potable, gas y el control del tr谩fico a茅reo鈥, enumer贸聽Cremonte.

A trav茅s del DNU se ampl铆a a casi todas las actividades industriales y de servicios la noci贸n de servicio p煤blico esencial, y por ende para hacer una huelga, seg煤n lo establece el DNU, 鈥渉ay que siempre garantizar el normal funcionamiento de por lo menos el 75% de la actividad, es decir, la dotaci贸n normal solo puede verse afectada en el caso de un paro de una huelga en un 25%, por supuesto eso resta cualquier tipo de efectividad al ejercicio del derecho de huelga. Este es uno de los aspectos m谩s graves de la reforma que se complementa con otros, como puede ser que se habilita el despido con justa causa en el caso de quienes participan en medidas de fuerza, a criterio del empleador, explic贸 el letrado.

En conclusi贸n, la reforma plantea como fundamento que con estas medidas resolver谩n聽la emergencia en materia social, seg煤n el Gobierno. 鈥La experiencia en Argentina y en el mundo, es que nunca una reforma laboral regresiva redund贸 en el crecimiento de empleo. Y puntualmente en lo que refiere al empleo registrado, adem谩s de la estad铆stica de la OIT, reformas que se han hecho similares con el mismo objetivo, terminaron peor. En el caso de Chile la informalidad es del 50% y en Per煤 est谩 en el 70%鈥, advirti贸 el experto.

鈥淣o hay ning煤n aspecto positivo en esta reforma, porque de hecho, se presenta como un sacrificio鈥, concluy贸.

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