Pinedo critic贸 a la Secretar铆a de Salud por el protocolo para la interrupci贸n legal del embarazo

El senador de Juntos por el Cambio tild贸 de "inconstitucional" la decisi贸n de actualizar la normativa vigente y acus贸 que se limita "la objeci贸n de la conciencia m茅dica".

El presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, arremeti贸 contra聽la decisi贸n de la secretar铆a de Salud de la Naci贸n de actualizar el "Protocolo para la atenci贸n integral de las personas con derecho a la interrupci贸n legal del embarazo" y trat贸 de聽"inconstitucional" la resoluci贸n.

"Me parece lamentable y claramente inconstitucional la resoluci贸n del secretario de Salud ampliando de manera irresponsable las causales de aborto no punible y limitando la objeci贸n de conciencia m茅dica", se帽al贸 Pinedo en su cuenta de Twitter.

Me parece lamentable y claramente inconstitucional la resoluci贸n del secretario de salud ampliando de manera irresponsable las causales de aborto no punible y limitando la objeci贸n de conciencia m茅dica.

— Federico Pinedo (@PinedoFederico) November 20, 2019

El senador consider贸 que "el secretario de Salud de la Naci贸n no puede pasar por encima de un debate de seis meses del Congreso Nacional y legislar por s铆 mismo, contradiciendo normas de rango constitucional".

La resoluci贸n 3158/2019, publicada este mi茅rcoles聽en el Bolet铆n Oficial, indica que el protocolo se adecu贸 a "normativas internacionales" con el objetivo de "garantizar y no obstruir el derecho a interrumpir un embarazo" cuando ponga en riesgo la vida de la embarazada o si fue v铆ctima de una violaci贸n, donde prima la voluntad a partir de los 13 a帽os.

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Silvia Oizerovich, directora de Salud Sexual y Reproductiva de la Secretar铆a de Salud de la Naci贸n, afirm贸 que "es fundamental que ahora el Protocolo est茅 acorde al C贸digo Civil y Comercial del 2015, donde se explica que las ni帽as menores de 13 a帽os podr谩n brindar su consentimiento acompa帽adas de sus progenitores o representantes legales, aunque prima el derecho de la ni帽a, el que que debe informarse al 贸rgano protector de derecho".

La normativa puntualiza que estos procedimientos se llevan a cabo en los dos casos en que el aborto puede ser practicado de manera legal hasta el momento: cuando se solicite la pr谩ctica para evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer embarazada o cuando el embarazo sea producto de una violaci贸n, seg煤n lo establecido en el art铆culo 86 del C贸digo Penal.

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