DECRETO

Qué cambios habrá en la regulación de los derechos de autor

A través del Decreto 138/25, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno cambió el régimen de derechos de autor. Una por una, todas las modificaciones que rigen desde ahora.

El Gobierno estableció modificaciones en el régimen de derechos de autor y a partir de ahora los artistas tendrán la posibilidad de cobrar a través de nuevas entidades o hacerlo en forma particular, tras dejar sin efecto a las sociedades de gestión colectiva (SGC) existentes como Sadaic, Sagai, Aadi, Dac y Argentores.

Así lo estableció a través del Decreto 138/25, publicado este jueves en el Boletín Oficial, que modifica el artículo 32 del Decreto N° 41.223, escrito que reglamenta la Ley N° 11.723 de Propiedad Intelectual. El documento lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.

De acuerdo a lo establecido, los músicos podrán celebrar acuerdos particulares sin intervención de terceros y podrán registrar los derechos de autos a partir de una sociedad de gestión colectiva o podrán inscribirse de manera individual.

Sustituyendo el artículo 32 del Decreto N° 41.223 que data del 3 de mayo de 1934, la nueva disposición define que “los titulares de derechos de autor y derechos conexos podrán asociarse a una o más sociedades de gestión colectiva o ejercer sus derechos en forma individualâ€.

Asimismo establece que “las sociedades que pretendan administrar los derechos establecidos en la ley deberán acreditar ante el Registro hallarse facultadas por los estatutos para ejercer la representación o administración de los derechos de terceros amparados por la Ley N° 11.723â€.

“La representación de un determinado derecho de autor o conexo puede ser llevada adelante en forma simultánea por más de UNA (1) sociedad de gestión colectiva. En ningún caso se podrá limitar la facultad de los titulares de derechos de administrar sus obras en forma individualâ€, se lee en el primer artículo.

En tanto, el artículo dos advierte que “la gestión colectiva de los derechos de autor y conexos solo podrá realizarse por asociaciones civiles conforme a lo establecido en el Título II, Capítulo 2, del Libro Primero del Código Civil y Comercial de la Nación†y agrega que “no podrán ejercer ninguna actividad de carácter político y/o religiosoâ€.

Además, las sociedades de gestión colectiva “no podrán intervenir cuando los representados elijan ejercer sus derechos en forma individual, respecto de cualquier utilización de una obra o bien cuando hayan pactado mecanismos directos para dicho cobroâ€, señala el artículo cuatro.

“Los representados podrán hacer acuerdos particulares, debiendo comunicar dicha circunstancia en forma fehaciente a la sociedad de gestión colectiva a la que hayan otorgado consentimiento para que gestione sus derechos, sin que esta última pueda oponerse a dichos acuerdosâ€, agrega el documento.

 

De acuerdo a lo establecido, los músicos podrán celebrar acuerdos particulares sin intervención de terceros y podrán registrar los derechos de autos a partir de una sociedad de gestión colectiva. 

También, se aclara que las sociedades de gestión colectiva deberán hacer y entregar balances anuales para dar cuenta de su trabajo y no podrán mantener fondos sin repartir. Y se les permitirá hacer acuerdos con sociedades de gestión colectiva extranjeras, pero bajo ningún concepto estarán facultadas de intervenir cuando los representados elijan ejercer sus derechos en forma individual.

“Los aranceles a percibir por los titulares de los derechos de autor y derechos conexos deberán pactarse con las sociedades de gestión colectiva aplicando los principios de reparto equitativo, en forma efectivamente proporcional al uso de las obras, interpretaciones o producciones, según correspondaâ€, explican en el artículo siete.

El anuncio de Federico Sturzenegger sobre los derechos de autor 

El Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, felicitó al Presidente, a Francos y a Cúneo Libarona por “devolverle a los artistas su independencia†a través de un posteo en X en el que adjuntó una imagen realizada con inteligencia artificial para festejar el cambio del decreto que, según él, data de la dictadura de Juan Carlos Onganía.

Hoy, por Decreto 138/25 con firma de @JMilei, @GAFrancosOk y @m_cuneolibarona, liberamos a la cultura argentina del sistema de control estatal instaurado por el régimen de Onganía hace 50 años y que hasta la llegada del presidente @JMilei nadie quiso o se animó a desarmar.… pic.twitter.com/Cv00ixmKoH— Fede Sturzenegger (@fedesturze) February 27, 2025      

 

“Acompañamos este post con una imagen de unos músicos despidiendo al Dictador Onganía. ¡Nunca más el control del Estado sobre la cultura! ¡Viva la libertad carajo!“, escribió.

“Los beneficios son evidentes: los autores recuperan la libertad que le da el pleno control de sus derechos, podrán elegir quién los representa o si lo desean representarse ellos mismos sin intervención de una SGC. Los contratantes, por su parte, sabrán que con el acuerdo particular ya satisfacen todos los derechos económicos de ese autor, lo que da mayor certeza en el comercioâ€, explicó.

 

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