驴Qui茅nes acceder谩n a la Prestaci贸n B谩sica Universal Obligatoria?

La PBU,聽para los servicios de comunicaciones m贸viles, telefon铆a fija, conexi贸n fija a internet y tv por suscripci贸n entrar谩 en vigencia聽desde el 1 de enero de 2021 y聽beneficiar谩 a m谩s de 10 millones de argentinos y argentinas.

El jefe de Gabinete de Ministros de la Naci贸n, Santiago Cafiero, anunci贸 en la tarde de este viernes la entrada en vigencia desde el 1 de enero del a帽o pr贸ximo de la PBU (Prestaci贸n B谩sica Universal Obligatoria) para los servicios de comunicaciones m贸viles, telefon铆a fija, conexi贸n fija a internet y tv por suscripci贸n, con el objetivo de favorecer la universalizaci贸n del acceso por parte de los sectores con menores ingresos y la poblaci贸n vulnerable, estimada en m谩s de 10 millones de argentinos.

Junto con la secretaria de Innovaci贸n, Micaela S谩nchez Malcolm y el titular del ENaCom, Claudio Ambrosini, Cafiero explic贸 que podr谩n acceder a la PBU, Prestaci贸n B谩sica Universal las siguientes personas:

Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneraci贸n inferior o igual a dos salarios m铆nimos, como as铆 tambi茅n sus hijos entre 16 y 18 a帽os.

Trabajadores y trabajadoras en relaci贸n de dependencia con remuneraci贸n inferior o igual a dos salarios m铆nimos, como as铆 tambi茅n sus hijos entre 16 y 18 a帽os.

Beneficiarios de la Asignaci贸n Universal por Hijo y sus hijos entre 16 y 18 a帽os.

Beneficiarios de la Asignaci贸n Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 a帽os.

Pensiones no contributivas con remuneraci贸n inferior o igual a dos salarios m铆nimos, como as铆 tambi茅n sus hijos entre 16 y 18 a帽os.

Monotributo Social como as铆 tambi茅n sus hijos entre 16 y 18 a帽os.

Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categor铆a cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios M铆nimos Vitales y M贸viles como as铆 tambi茅n sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 a帽os.

Beneficiarios de seguro de desempleo como as铆 tambi茅n sus hijos de entre 16 y 18 a帽os.

Beneficiarios del R茅gimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N掳 26.844) como as铆 tambi茅n sus hijos de entre 16 y 18 a帽os.

Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.

Personas que se encuentren desocupadas o se desempe帽en en la econom铆a informal, como as铆 tambi茅n sus hijos de entre 16 y 18 a帽os.

Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como as铆 tambi茅n sus hijos de entre 16 y 18 a帽os.

Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.

Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los t茅rminos de dicha ley.

Entidades de Bien P煤blico definidas por la Ley 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoci贸n y protecci贸n de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).

La reglamentaci贸n de la Prestaci贸n B谩sica Universal obligatoria (PBU) es la principal novedad de la reglamentaci贸n del DNU. La creaci贸n y la reglamentaci贸n de la PBU reflejan el car谩cter inclusivo de la norma y son una inequ铆voca se帽al de pol铆tica p煤blica dirigida a sostener la asequibilidad a servicios esenciales para millones de argentinas y argentinos beneficiarios de planes sociales.

Para el Gobierno nacional esta medida se inscribe en una pol铆tica inclusiva con tres ejes fundamentales:

1) La incorporaci贸n de la reglamentaci贸n asim茅trica del DNU 690/20, tal y como reclamaron PyMEs y cooperativas y plante贸 tambi茅n el presidente Alberto Fern谩ndez. La asimetr铆a se verifica tanto en las Prestaciones B谩sicas Universal (PBU) como en la autorizaci贸n de incremento de precios para enero 2021, lo que va de la mano con la importancia que las PyMEs y cooperativas tienen para el gobierno nacional. 2) La implementaci贸n del Fondo de Servicio Universal al servicio de la conectividad de barrios populares, de zonas rurales y semi-rurales y con la plena marcha del Plan Conectar que moderniza la red federal de fibra 贸ptica (ReFeFO), recupera el plan satelital y tambi茅n la tv digital abierta, siempre con criterio inclusivo. 3) La formalizaci贸n del Reglamento de Compartici贸n de Infraestructuras Pasivas, que habilita marcos de competencia en un sector cuyas redes e infraestructuras son esenciales para la producci贸n, el trabajo y la vida cotidiana. Con este reglamento postes y ductos est谩n habilitados para que puedan ser utilizados por distintas empresas, lo que es un est铆mulo a la competencia y ciertamente corrige barreras artificiales de entrada y abusos de posici贸n dominante en este mercado.

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