Repro II: dieron a conocer cu谩l es la nueva fecha de inscripci贸n al programa
Adem谩s, la AFIP determin贸 las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselecci贸n, respecto de las fechas de facturaci贸n y n贸mina de las empresas que quieran acceder al beneficio en agosto. 聽
El Ministerio de Trabajo estableci贸 el plazo para la inscripci贸n al Programa de Reactivaci贸n Productiva II (Repro II) para el per铆odo correspondiente a los salarios devengados durante este mes, que estar谩 comprendido entre el 25 y el 31 de agosto pr贸ximo. Lo hizo a trav茅s de la Resoluci贸n 488/2021 publicada este lunes聽en el Bolet铆n Ofiicial, que fij贸 para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Cr铆ticos el mismo plazo de inscripci贸n que para el Repro II. Adem谩s, determin贸 las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselecci贸n, respecto de las fechas de facturaci贸n y n贸mina de las empresas que quieran acceder al beneficio al Repro II.
Los meses seleccionados para el c谩lculo de la variaci贸n interanual de la facturaci贸n requerida por la Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) ser谩n julio de 2019 y de 2021, pero no se deber谩 considerar la facturaci贸n para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.
Adem谩s, el mes seleccionado para determinar la n贸mina de personal y los salarios de referencia ser谩 julio 煤ltimo.聽En tanto, el corte de actualizaci贸n de bajas de n贸mina ser谩 hasta el 24 de agosto (ma帽ana); y el de CBU, hasta el 23 de agosto 煤ltimo (hoy).
En el caso de trabajadoras y trabajadores independientes, deber谩n presentar una reducci贸n de la facturaci贸n superior al 20% en t茅rminos reales, para el periodo comprendido entre julio 煤ltimo y el mes mismo mes de 2019.
En tanto que el per铆odo de referencia de pagos a acreditar ser谩 para aut贸nomos desde diciembre del a帽o pasado hasta junio 煤ltimo; y para monotributistas, desde enero hasta julio de este a帽o.