APROBADO

Aval judicial al uso de firmas digitales para respaldar leyes de iniciativa popular

Los jueces avalaron de forma un谩nime que una ONG recolecte firmas electr贸nicas y digitales mediante dispositivos m贸viles para respaldar propuestas de ley ciudadanas.

La C谩mara Nacional Electoral (CNE) autoriz贸 la implementaci贸n de una plataforma digital destinada a recolectar adhesiones ciudadanas para proyectos de ley presentados por iniciativa popular. 

La medida representa una innovaci贸n en los mecanismos de democracia directa contemplados por la Constituci贸n Nacional, al incorporar herramientas tecnol贸gicas para complementar el tradicional proceso de recolecci贸n en soporte f铆sico. 

La resoluci贸n beneficia en primera instancia a la organizaci贸n no gubernamental Plan Pa铆s Argentina, entidad que fue facultada para desarrollar una prueba piloto bajo el estricto monitoreo del tribunal de alzada.

Tecnolog铆a blockchain y validaci贸n de identidad

El nuevo procedimiento permitir谩 a los ciudadanos estampar su firma manuscrita directamente sobre las pantallas de tel茅fonos celulares, tabletas o computadoras personales. 

Una vez capturado el trazo ol贸grafo, los datos ser谩n almacenados a trav茅s de tecnolog铆a blockchain con el objetivo de asegurar su inalterabilidad, trazabilidad e integridad. 

Para dotar al sistema de los est谩ndares de seguridad exigidos por el fuero electoral, el anexo t茅cnico de la norma estipula la obligatoriedad de aplicar validaciones biom茅tricas faciales, la verificaci贸n del Documento Nacional de Identidad (DNI) y la realizaci贸n de las denominadas "pruebas de vida" para impedir eventuales suplantaciones de identidad.

Los magistrados argumentaron que el acceso a las prerrogativas constitucionales debe actualizarse conforme al avance de los tiempos.

"Ampliar el acceso a los mecanismos de participaci贸n ciudadana directa, dot谩ndolos de una infraestructura tecnol贸gica moderna, segura y verificable", se帽alaron los integrantes del tribunal al fundamentar la incorporaci贸n de este entorno digital como v铆a complementaria a la legislaci贸n vigente.

Resoluciones un谩nimes y marco regulatorio vigentes

La sentencia judicial llev贸 las firmas de los camaristas Alberto Dalla Via, Santiago Corcuera y Daniel Bejas, quienes aclararon que esta disposici贸n no deroga ni reemplaza el formato de recolecci贸n f铆sica en papel normado por la Ley 24.747

De este modo, las firmas recolectadas por la v铆a inform谩tica coexistir谩n con el esquema habitual y continuar谩n sujetas a las rutinas de cotejo que ejecutan las dependencias de la Justicia Electoral, las cuales cruzar谩n la informaci贸n recopilada con el padr贸n nacional para constatar la habilitaci贸n de cada firmante.

El pronunciamiento de la m谩xima autoridad electoral del pa铆s ponder贸 tambi茅n los principios legales de equivalencia que rigen en la materia.

El tribunal concluy贸 que, en la medida en que la infraestructura t茅cnica provista garantice plenamente la autenticidad del emisor, la firma electr贸nica ol贸grafa posee el mismo valor jur铆dico que la r煤brica tradicional sobre papel. 

Asimismo, los jueces recordaron que la iniciativa popular requiere del apoyo equivalente al 1,5% del padr贸n electoral nacional para que un proyecto pueda ser tratado formalmente ante la C谩mara de Diputados.

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