El Gobierno nacional dispuso exenciones al Impuesto al Cheque para los sectores fintech y cripto
A trav茅s del Decreto 475/2026 publicado en el Bolet铆n Oficial, el Ejecutivo busca igualar el tratamiento fiscal frente a los adelantos tecnol贸gicos.
El Gobierno nacional dispuso nuevas exenciones al Impuesto al Cheque para el sector fintech y cripto en respuesta a los avances tecnol贸gicos y para equiparar las condiciones impositivas entre diferentes actores del sistema financiero.
La modificaci贸n de la reglamentaci贸n del Impuesto sobre los Cr茅ditos y D茅bitos en Cuentas Bancarias fue formalizada este jueves mediante el Decreto 475/2026, publicado en el Bolet铆n Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Econom铆a, Luis Caputo.
En los considerandos de la medida, el Ejecutivo explic贸 que resulta necesario "adecuar la normativa aplicable a ciertos actores en atenci贸n a los adelantos tecnol贸gicos" y, simult谩neamente, igualar el tratamiento fiscal para sujetos que realizan actividades similares.
Los principales sectores beneficiados
Las modificaciones afectan a diversos rubros de la econom铆a digital y financiera:
Servicios de pago y cobranza: Se sustituyeron incisos para clarificar que las cuentas exclusivas de empresas de servicios electr贸nicos de pagos y cobranzas quedan exentas. Esto incluye los movimientos para el dep贸sito o entrega de efectivo y alcanza tambi茅n a sus agentes oficiales.
Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV): Se incluyen a las empresas cripto. Las cuentas utilizadas exclusivamente para sus actividades espec铆ficas estar谩n exentas del impuesto, siempre que los proveedores est茅n inscriptos en el Registro de la Comisi贸n Nacional de Valores (CNV) y en el registro correspondiente de la AFIP.
Tarjetas de cr茅dito y d茅bito: Las empresas que operan sistemas de tarjetas de cr茅dito, compra o d茅bito tambi茅n recibieron beneficios. Se eximen los d茅bitos originados en pr茅stamos bancarios para financiar su actividad, as铆 como los movimientos generados por la emisi贸n y cancelaci贸n de obligaciones negociables destinadas al mismo fin.
Transportadoras de caudales: La exenci贸n alcanza ahora a las cuentas que estas empresas utilizan para rendir a sus clientes el dinero en efectivo recaudado, siempre que figuren en el registro administrado por el Banco Central (BCRA).
Entrada en vigencia inmediata
El decreto establece que estas disposiciones entran en vigencia el mismo d铆a de su publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial.
Por lo tanto, los beneficios surtir谩n efecto para todos los hechos imponibles que se perfeccionen a partir de esta jornada, permitiendo una r谩pida adecuaci贸n operativa para las plataformas del ecosistema tecnol贸gico y financiero local.