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El Gobierno oficializ贸 la regulaci贸n de vapeadores y productos de nicotina

A trav茅s de la Resoluci贸n 549/2026, se elimina la prohibici贸n absoluta para establecer un mercado con trazabilidad, registros obligatorios y est谩ndares de calidad.

El Gobierno nacional estableci贸 este lunes un marco de regulaci贸n integral para la comercializaci贸n de vapeadores, dispositivos de tabaco calentado y bolsas de nicotina. 

La medida, publicada en la Resoluci贸n 549/2026 del Bolet铆n Oficial, pone fin al esquema prohibitivo vigente desde 2011 y busca formalizar un mercado que, hasta ahora, operaba bajo la informalidad y el contrabando.

Los ejes del nuevo esquema

La normativa exige que ning煤n producto pueda ser vendido sin un registro previo que detalle sus componentes y cumpla con estrictos est谩ndares de fabricaci贸n. 

Entre los puntos m谩s destacados se encuentra la eliminaci贸n de saborizantes en los vapeadores, una decisi贸n fundamentada en que estos act煤an como un mecanismo de ingreso al consumo en adolescentes.

El trabajo conjunto entre el Ministerio de Econom铆a, el Ministerio de Salud, la ANMAT y la Jefatura de Gabinete apunta a que el Estado recupere la capacidad de fiscalizaci贸n. 

Seg煤n fuentes oficiales, la intenci贸n es garantizar la "trazabilidad completa" de los insumos y establecer una tributaci贸n diferenciada seg煤n la categor铆a del producto.

Antecedentes y objetivos sanitarios

Hasta la fecha, reg铆a la Disposici贸n ANMAT 3226/2011, que prohib铆a la importaci贸n y publicidad de cigarrillos electr贸nicos, restricci贸n que se extendi贸 al tabaco calentado en 2023. 

Sin embargo, las autoridades se帽alaron que dichas prohibiciones resultaron ineficaces ante un mercado din谩mico que segu铆a operando sin control estatal.

Con esta reforma, se busca disminuir los da帽os asociados al consumo desregulado, especialmente en j贸venes, y reducir la exposici贸n de terceros al humo del cigarrillo convencional. 

El Gobierno cit贸 como antecedentes los marcos regulatorios de Estados Unidos, Suecia y Jap贸n, donde este tipo de medidas habr铆an contribuido a la disminuci贸n de afecciones cardiovasculares y respiratorias vinculadas al tabaquismo tradicional.

Requisitos para la comercializaci贸n

A partir de la entrada en vigencia de la norma, los fabricantes y comerciantes deber谩n cumplir con:

Inscripci贸n obligatoria en un registro nacional.

Cumplimiento de l铆mites de concentraci贸n de nicotina.

Prohibici贸n total de sustancias identificadas como de alto riesgo.

Sometimiento a controles fiscales e impositivos para debilitar el contrabando.

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