La Justicia rechaz贸 la cautelar presentada por la CGT contra la reforma laboral
La decisi贸n fue del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N掳 7. La central obrera hab铆a pedido la invalidez de los art铆culos sobre el traspaso de la justicia laboral nacional a la 贸rbita porte帽a.
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N掳 7 desestim贸 en las 煤ltimas horas una medida cautelar solicitada por la Confederaci贸n General del Trabajo (CGT) en la causa presentada contra el Estado Nacional para suspender parte de la aplicaci贸n de la ley de reforma laboral.
El fallo firmado por el titular del juzgado, Enrique Lavi茅 Pico, rechaza el pedido de la central obrera para que se declare la nulidad e invalidez constitucional de los art铆culos 90 y 91 de la Ley 27.802, publicada el 6 de marzo en el Bolet铆n Oficial. Esos art铆culos incluyen el convenio de transferencia de la funci贸n judicial en materia laboral desde el 谩mbito nacional hacia la Justicia del Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires.
Con su presentaci贸n, la CGT buscaba la instrumentaci贸n de una medida cautelar innovativa que suspenda la aplicaci贸n tanto de estos art铆culos como del convenio de transferencia hasta que se dicte sentencia definitiva, alegando que la ejecuci贸n de la nueva ley suprime la Justicia Nacional del Trabajo y traslada competencias, lo que -seg煤n su escrito- podr铆a dificultar una reparaci贸n futura.
Los argumentos del rechazo
En su fallo el juez Lavi茅 Pico sostuvo que este tipo de medidas cautelares de car谩cter innovativo son de aplicaci贸n excepcional ya que alteran el estado de hecho o de derecho vigente previo a la decisi贸n judicial y constituyen un anticipo del eventual fallo final.
En ese sentido, consider贸 que el pedido de la CGT requer铆a analizar cuestiones que forman parte del objeto principal del litigio, algo que -seg煤n evalu贸- no corresponde resolver en una instancia cautelar.
Adem谩s, en este caso el magistrado evalu贸 que la petici贸n excede la finalidad conservativa propia de esta herramienta y no se advierte el peligro en la demora que justifique su dictado.
En su fallo, a帽adi贸 que la v铆a sumar铆sima elegida por la CGT -acci贸n de amparo- asegura una decisi贸n pronta sobre el fondo del asunto, motivo por el cual no se configura, seg煤n Lavi茅 Pico, un da帽o irreparable que torne ilusoria una futura sentencia. Por ese motivo, resolvi贸 rechazar la medida cautelar solicitada.