NUEVO PLAZO

AFIP anunci贸 un nuevo plazo para la recategorizaci贸n del monotributo: 驴Hasta cu谩ndo se extiende la fecha l铆mite?

Se trata de un procedimiento obligatorio que los monotributistas deben realizar para cambiar de categor铆a, de acuerdo a los nuevos montos聽m谩ximos de facturaci贸n.

La Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) anunci贸聽un nuevo聽plazo para la聽recategorizaci贸n del monotributo, cuya fecha l铆mite聽se extender谩 hasta聽el pr贸ximo 2 de agosto.

鈥淟a disponibilidad del sistema para comenzar la recategorizaci贸n ser谩 informada a trav茅s de la p谩gina web AFIP", indicaron en la p谩gina oficial.

De esta manera,聽se otorga m谩s tiempo a los contribuyentes en virtud de la ley 27.743 (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes), conocida como el 鈥減aquete fiscal鈥 que acompa帽贸 a la Ley Bases, que incluye los nuevos montos m谩ximos de facturaci贸n, entre otros beneficios tributarios.

鈥淟a recategorizaci贸n es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los 煤ltimos 12 meses les corresponde cambiar de categor铆a. En caso de mantener la misma categor铆a no es necesario realizar ning煤n tr谩mite鈥, se帽al贸 el organismo recaudador en un comunicado.

Seg煤n precisaron, las obligaciones de pago resultantes de la recategorizaci贸n tienen efecto para聽el per铆odo comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el d铆a 31 de enero de 2025.

La聽AFIP dispuso, por medio de la Resoluci贸n General 5523/2024, que la nueva fecha l铆mite para completar este tr谩mite hasta el 2 de agosto. La ampliaci贸n de los montos m谩ximos de facturaci贸n para todas las categor铆as que se aprob贸 a trav茅s de la ley permite que m谩s monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin pasar al r茅gimen general.

Las nuevas escalas son: categor铆a A pasa de 2.108.288,01 a 6.450.000 pesos; B, de 3.133.941,63 a 9.450.000 pesos; C, de 4.387.518,23 a 13.250.000 pesos; D, de 5.449.094,55 a 16.450.000 pesos; E, de 6.416.528,72 a 19.350.000 pesos; F, de 8.020.660,90 a 24.250.000 pesos; G, de 9.624.793,05 a 29.000.000; H, de 11.916.410,45 a 44.000.000 pesos; I, de 13.337.213,22 a 49.250.000 pesos; J, de 15.285.088,04 a 56.400.000 pesos, y K, de 16.957.968,71 a 68.000.000 pesos

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