ALERTA ANSES: esto pasar谩 con los JUBILADOS si se aprueba la REFORMA PREVISIONAL
Consult谩 ac谩 todas las cuestiones que los jubilados de la Administraci贸n Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tienen que saber para entender las posibles modificaciones en la f贸rmula previsional vigente.
Mientras los jubilados de la Administraci贸n Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se encuentran en pleno cobro de su haber de agosto 2024, la C谩mara de Senadores avanzar谩 con el debate por una reforma previsional. El proyecto que ya recibi贸 media sanci贸n en Diputados el pasado junio preocupa a quienes precisan entender qu茅 pasar谩 si se aprueba.
Debido a ciertos puntos, La Libertad Avanza buscar谩 modificar el texto que se pondr谩 en discusi贸n el pr贸ximo jueves 22. La iniciativa fue impulsada debido a un acuerdo entre Uni贸n por la Patria, el radicalismo y otros bloques dialoguistas despu茅s de 14 horas de sesi贸n. No obstante, el presidente Javier Milei demostr贸 su postura al respecto a trav茅s de las redes sociales.
鈥淣o voy a entregar el equilibrio fiscal de ning煤n modo. Defender茅 la caja a veto puro, si es necesario. A puro d茅ficit fiscal empobrecieron al pa铆s, por lo que de ning煤n modo voy a permitir que esto se repita鈥, escribi贸 en su cuenta de X (ex Twitter). La situaci贸n genera incertidumbre para los jubilados que, por supuesto, desean saber c贸mo van a cobrar su salario de ahora en m谩s. La informaci贸n oficial est谩 en anses.gob.ar.
Los detalles de la reforma jubilatoria que se debate el jueves, est谩n en el informe de Cr贸nica HDEl documento establece, entre otras cosas, una recomposici贸n inicial del 20,6%, un aumento anual adicional y el ingreso m铆nimo garantizado seg煤n la canasta b谩sica. Adem谩s, indica la actualizaci贸n de los haberes de los jubilados en base al 脥ndice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estad铆stica y Censos (INDEC), lo cual ya est谩 vigente desde hace algunos meses.
Para despejar cualquier duda, los puntos a tener en cuenta son los siguientes:
1. Recomposici贸n
La idea es que se brinde un incremento compensatorio y adicional al de abril pasado de 8,1%, dado que el Gobierno otorg贸 por enero un 12,5% y la inflaci贸n de ese mes fue del 20,6%: as铆, representa una suba de todos los haberes del 7,2% desde abril. El Gobierno deber铆a pagar diferencias mensuales y los jubilados recibir铆an un retroactivo.
2. Aumento anual adicional
En marzo de cada a帽o se volver铆an a determinar los haberes de acuerdo a lo que ocurri贸 en el a帽o previo con la variaci贸n de los salarios. Este dato se toma del 铆ndice de Remuneraci贸n Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y con el IPC. Si el primer indicador supera al segundo, el 50% de la diferencia definir铆a un incremento extra para las jubilaciones.
3. Ingreso m铆nimo garantizado seg煤n la canasta b谩sica
Quienes cobran una 煤nica prestaci贸n, es decir, jubilaci贸n o pensi贸n, obtendr铆an un ingreso nunca inferior al valor de la canasta b谩sica total (CBT) para el adulto equivalente, el cual es determinado por el INDEC para la medici贸n de la pobreza. El 煤ltimo c谩lculo disponible de esa variable es el de julio, cuando tuvo un valor de $291.472: multiplicado por el coeficiente dispuesto de 1,09, da $317.704. Cabe recordar que, en ese mes, la jubilaci贸n m铆nima fue de $215.622.
4. Aumentos mensuales en base al IPC
Los sueldos subir谩n en porcentajes equivalentes a la variaci贸n del IPC elaborado por el INDEC, tomando el de dos meses previos. En agosto, el aumento fue equivalente a la inflaci贸n de junio; en septiembre lo ser谩 a la de julio, en octubre a la del mes actual, y as铆 sucesivamente (tal como ya se realiza en la actualidad).
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