CUIDADO

ANMAT prohibi贸 dos marcas de aceite de oliva por presentar diversas irregularidades

La Administraci贸n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog铆a M茅dica (ANMAT) comprob贸 por medio de una investigaci贸n que los productos alimenticios estaban 鈥渇alsamente rotulados鈥 y por eso, fueron declarados como 鈥渋legales鈥.

Por medio de dos publicaciones en el Bolet铆n Oficial de este jueves, es que la Administraci贸n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog铆a M茅dica (ANMAT) prohibi贸 鈥渓a elaboraci贸n, fraccionamiento y comercializaci贸n en todo el territorio nacional鈥 de dos marcas de aceite de oliva.

En tanto, el organismo de control estatal argument贸 por medio del comunicado que los productos alimenticios se encontraban 鈥渇alsamente rotulados鈥 y fueron calificados como 鈥渋legales鈥. En tanto, la investigaci贸n se inici贸 debido a una denuncia an贸nima de un particular.

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Aceites de oliva prohibidos por la ANMAT

En primer lugar, y mediante la Disposici贸n 6677/2025, se restringi贸 la elaboraci贸n y venta en todo el pa铆s y en plataformas en l铆nea del producto: 鈥淎ceite de oliva extra virgen marca Campos de Arauco - Oliva, RNPA N掳 03004315-8, RNE N掳 03000166鈥. En este caso, la administraci贸n explic贸 que abri贸 un expediente a ra铆z de una consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimento (INAL) y comenz贸 la investigaci贸n.

Por tal motivo, es que el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos de la Direcci贸n de Prevenci贸n, Vigilancia y Coordinaci贸n Jurisdiccional del Inal realiz贸 a trav茅s del Sistema de Informaci贸n Federal para la Gesti贸n del Control de los Alimentos (SiFeGA) una consulta a la Direcci贸n de Calidad Alimentaria de la provincia de Catamarca, a fin de verificar si el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que se exhibe en el r贸tulo del producto investigado se encuentran autorizado y se detect贸 que est谩 vencido y corresponde a otro producto perteneciente a otra raz贸n social, y que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) que se exhibe en el r贸tulo del mencionado producto se encuentra vigente y pertenece a otro elaborador.

Tras esto, la Direcci贸n de Calidad Alimentaria se comunic贸 con la empresa titular del RNE, que dijo que no elabora el producto y desconoce su origen, con lo cual, el Departamento de Rector铆a en Normativa Alimentaria de la Direcci贸n de Legislaci贸n e Informaci贸n Alimentaria para la Evaluaci贸n del Riesgo (DLEIAER) inform贸 que el producto se encuentra en infracci贸n 鈥減or carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su r贸tulo n煤meros de registros sanitarios pertenecientes a otro producto y a otro elaborador, resultando ser en consecuencia un producto ilegal鈥.

鈥淓l departamento agreg贸 que por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podr谩 ser elaborado en ninguna parte del pa铆s, ni comercializado ni expendido en el territorio nacional鈥, aclar贸 el ente y agreg贸: 鈥淎l carecer de registro, no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboraci贸n, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad鈥.

聽Este es uno de los productos prohibidos por el ente (ANMAT).

Por otra parte, a trav茅s de la Disposici贸n 6678/2025, la administraci贸n estableci贸 la prohibici贸n de elaboraci贸n, fraccionamiento y comercializaci贸n del producto: : 鈥淎ceite de Oliva Virgen Extra marca Arauco - Artesanal de La Rioja, prensado en fr铆o, RNP: 19012011 - RNE: 09052008鈥. En este caso, un particular elev贸 una notificaci贸n ante el Inal. El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional realiz贸 consultas federales a la Direcci贸n de Seguridad Alimentaria de La Rioja, a fin de verificar la veracidad de la informaci贸n declarada en el r贸tulo del producto investigado e indic贸 que 鈥渢anto el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) son registros inexistentes鈥.

Ante este escenario, el producto tambi茅n fue calificado como 鈥渋legal鈥 por 鈥渃arecer de registros de establecimiento y por estar falsamente rotulado鈥.

聽Este es el otro aceite retirado del mercado (ANMAT).

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