ANMAT prohibi贸 una popular marca de fideos cuyo consumo podr铆a ser peligroso
La ANMAT聽vet贸 su elaboraci贸n, fraccionamiento y comercializaci贸n en todo el territorio nacional y confirm贸 la decisi贸n a trav茅s de la Resoluci贸n 9290/2022 publicada en el Bolet铆n Oficial.
La聽Administraci贸n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog铆a (ANMAT) prohibi贸 la elaboraci贸n, fraccionamiento y comercializaci贸n en todo el territorio nacional de unos populares fideos "ojitos"聽que suelen ser utilizados en sopas o guisos.
Se trata de los聽"Fideos secos semolados Ojitos marca' Don Emilio", que dejar谩n de estar a la venta tras la disposici贸n del organismo descentralizado dependiente del Ministerio de Salud.
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A trav茅s de la disposici贸n聽9290/2022 del Bolet铆n Oficial, indicaron que聽el producto contaba con doble fecha de vencimiento聽y que,聽adem谩s,聽exhib铆a n煤meros de RNE y RNPA聽dados de baja. En la localidad de TricaoMalal, provincia de Neuqu茅n, se realiz贸 una denuncia a la Direcci贸n de Bromatolog铆a del lugar donde se se帽alaba una inconsistencia en el producto. Se trata de聽鈥淔ideos secos semolados Ojitos marca 鈥淒on Emilio鈥聽Peso Neto 500 g. - Vencimiento 06/2014 y VENCE 12/2023 - RNE 13-005857, RNPA 025 13-036187.
Si bien el producto en cuesti贸n indicaba que era proveniente de la ciudad de San Rafael (Mendoza), se conoci贸 tras la consulta al聽Departamento de Nutrici贸n e Higiene de los Alimentos聽de dicha provincia que la raz贸n social GRUPO SABE S.A.I.C., con domicilio en la calle Chubut 199 de dicha ciudad,聽fue dado de baja por solicitud de la empresa,聽al igual que todos los RNPA de los cuales la marca era titular聽en su momento.
ANMAT: vetado por completoAl mismo tiempo, remarcaron que聽en el mencionado domicilio funciona actualmente otro establecimiento que cuenta con RNE y RNPA聽vigentes desde el 5 de enero del 2021, que se dedica a otra actividad y rubro.
Por dicho motivo,聽al tratarse de un producto que no puede hacer identificado como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado,聽no podr谩 ser elaborado en ninguna parte del pa铆s, ni comercializado ni expendido聽a lo largo y ancho de todo el territorio.
En tanto, ANMAT聽se帽al贸聽que el producto se encuentra en infracci贸n al Art. 3掳 de la Ley 18.284, al Art. 3掳 del Anexo II del Decreto 2126/71, los art铆culos 6 bis, 13 y 155 del C贸digo Alimentario Argentino (CAA) y a聽la Resoluci贸n GMC N掳26/03 鈥淩otulado de Alimentos envasados鈥.
En esta l铆nea, concluyen: "A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboraci贸n, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rector铆a en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercializaci贸n en todo el territorio nacional del citado alimento".