PRECAUCI脫N

ANMAT vet贸 una marca de agua y la retir贸 del mercado por considerarla ilegal y nociva

La ANMAT consider贸 que el producto聽no cumpl铆a聽con la normativa vigente y, por lo tanto, orden贸 que se proh铆ba su聽elaboraci贸n, fraccionamiento y comercializaci贸n en todo el territorio nacional.

La聽Administraci贸n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog铆a M茅dica (ANMAT) prohibi贸 este mi茅rcoles a trav茅s de su publicaci贸n en el聽Bolet铆n Oficialde una marca de聽agua de mar聽por hallar diversas irregularidades聽en su proceso de fabricaci贸n y comercializaci贸n.

Finalmente,聽la Disposici贸n 9761/2022聽determin贸 la prohibici贸n de la elaboraci贸n, fraccionamiento y comercializaci贸n en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en l铆nea del producto:聽鈥淎gua de mar Sorbos de Mar聽- Extra铆da de las profundidades del Oc茅ano Atl谩ntico Sur - 100% hipert贸nica - Youtube Ren茅 Quinton - RNPE en tr谩mite鈥.

Tal producto fue vetado en cualquiera de sus presentaciones, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios y no estar contemplado ni definido por el CAA, resultando ser un producto ilegal.

Y en su considerando sostiene que las actuaciones se iniciaron a ra铆z de una notificaci贸n de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria debido a que se detect贸 la comercializaci贸n del producto que no cumplir铆a con la normativa vigente, al no consignar en su r贸tulo datos correspondientes.

Al mismo tiempo, en el mencionado informe se determina que el producto no se encuentra incluido ni definido en el C贸digo Alimentario Argentino, por lo que se prohibi贸, a trav茅s de una alerta alimentaria, la elaboraci贸n, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercializaci贸n y exposici贸n del producto en todo el territorio provincial.

Otra agua vetada por ANMAT
Por otra parte, la聽ANMAT prohibi贸, hace d铆as, la elaboraci贸n, fraccionamiento y comercializaci贸n en todo el territorio nacional de聽una聽marca de聽agua聽por elaborarse bajo condiciones聽 鈥渄esconocidos鈥聽y, en consecuencia, tratarse de un producto聽 鈥渋legal鈥.

El organismo descentralizado afirm贸聽haber recibido una alerta聽de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAI) sobre el producto,聽con base en聽la denuncia efectuada por un consumidor.

La bebida se encuentra rotulada de la siguiente manera:聽鈥淎gua potable microfiltrada declorada esterilizada por rayos ultravioletas lista para beber Carlotta, Distribuidora C.A.C., Cont. Neto 20 litros鈥.聽Seg煤n constat贸 la ASSAI, el art铆culo no cumpl铆a con la normativa vigente al聽carecer de n煤meros de registro.

Fue entonces que el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL procedi贸 a realizar una segunda verificaci贸n y constat贸 tambi茅n que聽鈥渆n los datos exhibidos en el r贸tulo del mismo no se precisan los registro asociados con la raz贸n social, denominaci贸n y nombre comercial鈥.

Como resultado de la investigaci贸n, la Administraci贸n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog铆a M茅dica determin贸 que el agua potable聽Carlotta聽es un producto que聽鈥渘o puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado鈥.

鈥淎 fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, condiciones de elaboraci贸n y calidad,聽se recomienda prohibirlo鈥,聽agreg贸.

En los 煤ltimos tramos de la Disposici贸n, concluye entonces:聽鈥淧roh铆bese la elaboraci贸n, fraccionamiento y comercializaci贸n en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en l铆nea聽del producto 鈥淎gua potable microfiltrada declorada esterilizada por rayos ultravioletas lista para beber Carlota, Distribuidora C.A.C., Cont. Neto 20 litros鈥聽por carecer de registro de establecimiento y de producto,聽resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

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