¡Atención, empleadas domésticas! ¿Cuáles son los 3 dÃas de abril que se deben cobrar doble?
El mes de abril llega con tres jornadas en las cuales el personal de casas particulares deberá recibir pago doble si trabaja. ¿De qué dÃas se trata y cómo se calculan?
Las empleadas domésticas recibirán un importante extra en sus ingresos durante abril, ya que se confirmaron tres dÃas clave en los que podrán cobrar el doble si trabajan. ¿Cuáles son?
El personal de casas particulares debe saber que el calendario de abril marca dos feriados nacionales y un dÃa no laborable exclusivo para el sector, lo que garantiza un pago adicional del 100% del salario habitual en caso de que las trabajadoras sean convocadas a prestar servicio.
Los tres dÃas en los que el personal doméstico cobrará el dobleAbril cuenta con tres fechas clave en las que las empleadas domésticas podrán recibir un adicional del 100% en sus sueldos si son convocadas a trabajar:
Martes 2 de abril – DÃa del Veterano y de los CaÃdos en la Guerra de MalvinasEs un feriado nacional, por lo que las trabajadoras no están obligadas a prestar servicio.
Si trabajan ese dÃa, su empleador debe abonar el doble de la jornada habitual.
Miércoles 3 de abril – DÃa del Personal de Casas ParticularesNo es un feriado nacional, sino un dÃa no laborable exclusivo para las empleadas domésticas.
Si trabajan, se les debe pagar el doble del valor de la jornada, al igual que un feriado, según la Resolución 3/2015 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.
Viernes 18 de abril – Viernes SantoEs otro feriado nacional, por lo que rige la misma regla que el 2 de abril: si la empleada trabaja, cobra el doble.
En caso de que la trabajadora no preste servicio en esos dÃas, su empleador deberá pagarle el dÃa igualmente, sin descuento alguno en su sueldo mensual.
El monto a percibir dependerá de la categorÃa y la modalidad de trabajo. Por ejemplo:
Si una empleada doméstica cobra $10.000 por dÃa, en cualquiera de estos feriados deberá recibir $20.000 si trabaja. Si su salario por hora es de $2.500, en estas jornadas deberá percibir $5.000 por cada hora trabajada.Si la empleada no trabaja en esas fechas, su sueldo mensual no se verá afectado, ya que debe cobrarlas igualmente, como si hubiera trabajado.
Hasta el momento, no se anunció un nuevo aumento en los salarios del personal doméstico. Por lo tanto, los montos correspondientes a abril permanecerán iguales a los de marzo, cuando se aplicó un incremento del 1,2%. En este sentido, los valores actuales se mantienen sin cambios.
Personal para tareas generales (limpieza, mantenimiento, cocina):Por hora con retiro: $2.863
Por hora sin retiro: $3.089
Mensual con retiro: $351.233
Mensual sin retiro: $390.567
Cuidado de personas (niños, adultos mayores, personas con discapacidad):Por hora con retiro: $3.089
Por hora sin retiro: $3.454
Mensual con retiro: $390.567
Mensual sin retiro: $435.246
Caseros:Por hora: $3.089
Mensual: $390.567
Supervisores:Por hora con retiro: $3.454
Por hora sin retiro: $3.783
Mensual con retiro: $430.878
Mensual sin retiro: $479.950
Personal especializado (cocineros, mayordomos, enfermeros):Por hora con retiro: $3.270
Por hora sin retiro: $3.585
Mensual con retiro: $400.310
Mensual sin retiro: $445.613
Estos valores no contemplan los adicionales por antigüedad, zona desfavorable ni los pagos extras por feriados trabajados.Â