Elecciones 2025: ¿Qué pasa si un votante no acude a las urnas el domingo 26 de octubre?
El Código Nacional Electoral indica que el voto es obligatorio para los ciudadanos argentinos, pero aquellos que no cumplan con el deber cÃvico deberán justificar su ausencia o se enfrentarán a multas y restricciones. Â
El próximo 26 de octubre se llevarán a cabo las elecciones legislativas en nuestro paÃs, en las cuales debutará la Boleta Única de Papel (BUP) y se renovarán bancas en la Cámara de Diputados y Senadores, pero más allá de esto, muchas personas se preguntan si sufragar es obligatorio y qué ocurre si no se lo hace.
En cuanto a este tema, el Código Nacional Electoral establece que el voto es obligatorio para los ciudadanos argentinos, salvo casos puntuales de excepción. De hecho, quienes no cumplan con la obligación de votar deberán justificar su ausencia o enfrentar multas y restricciones, aunque están exceptuados los mayores de 70 años y otros supuestos previstos por la normativa electoral vigente.
"Todas las noticias de Crónica, en vivo"Además de la multa económica, quienes no voten ni presenten un justificativo válido serán incorporados al Registro de Infractores. Estar en esa lista pública implica restricciones para realizar trámites como renovar el DNI, obtener el pasaporte o iniciar gestiones previsionales, hasta regularizar la situación.
En tanto, las sanciones económicas varÃan según la cantidad de infracciones acumuladas: parten de $50 y pueden escalar a $500 en el ámbito nacional; en distritos que utilizan Unidades Fijas, como la Ciudad de Buenos Aires, el rango hoy va de $1.000 a $2.000. Tampoco se podrán desempeñar cargos públicos durante tres años y de obtener certificaciones de antecedentes penales, lo que puede complicar viajes o contratos laborales en el exterior.
¿Qué pasa si no voto?Por otra parte, no concurrir a votar, convierte al ciudadano en infractor y dispara un expediente automático ante la Justicia Electoral; el domicilio fiscal y la constancia de infracción quedan asentados on line en un plazo de 60 dÃas posteriores a los comicios.
Mientras la multa no se pague, la persona no puede obtener pasaporte, prorrogar la cédula Mercosur ni gestionar certificados de buena conducta necesarios para ciertas visas de trabajo o para iniciar trámites de jubilación en la ANSES.
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Además, el infractor pierde el derecho a ser designado en cargos públicos electivos o partidarios durante los tres años siguientes, salvo que regularice su situación y presente la boleta de pago correspondiente.
Multas por no ir a votar en octubreEn cuanto al valor de las multas a pagar en caso de no votar, los montos so tomados de la escala nacional (ArtÃculo 125 del Código Electoral Nacional):
 Segunda infracción: $100.
 Tercera infracción: $200.
 Cuarta infracción: $400.
 Quinta o más infracciones: $500.
En la escala Ciudad de Buenos Aires (Ley 6.031, Unidades Fijas 2025): la sanción oscila hoy entre $1.000 y $2.000, según la reincidencia y se actualiza cada año con el valor de la UF porteña. No abonar la multa impide, además, ser contratado por organismos estatales y cobrar viáticos si la persona ya trabaja para el sector público, disposición que afecta sobre todo a docentes y personal de la salud.
¿Cuáles son los motivos válidos para no ir a votar?Por otra parte, existen una serie de posibilidades que son válidas en caso de no sufragar, y las mismas son las siguientes:
Estar a más de 500 km del lugar de votación: se debe acreditar la distancia ante la autoridad policial o consular más cercana. Enfermedad o accidente comprobado con certificado médico extendido hasta 48 horas después del comicio.
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Ser mayor de 70 años: la ley libera de la obligación, aunque el voto permanece habilitado si la persona lo desea. Trabajar en servicios esenciales (fuerzas de seguridad, bomberos, salud) durante el horario de votación.
 Desempeñarse como autoridad de mesa o fiscal en una escuela distinta a la propia, imposibilitando emitir el sufragio allÃ.
 Estar el dÃa de la elección fuera del paÃs y registrar el pasaporte sellado de salida/entrada para justificar ante el consulado o dentro de los 60 dÃas tras regresar.
 Cualquiera de estos motivos debe subirse al sitio del Registro de Infractores dentro de ese plazo para quedar exento de la multa; de lo contrario, la sanción se activa en forma automática.
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