Feriados y dÃas no laborables de Semana Santa: ¿Cuáles son y cómo se pagan?
El jueves próximo empieza en Argentina un fin de semana extra largo que une el feriado de Semana Santa con el DÃa del Veterano y de los CaÃdos en la Guerra de Malvinas. En ese sentido, te contamos todo sobre los dÃas no laborables y si debés recibir la paga doble ese dÃa o no.
Esta semana comienza en Argentina un fin de semana extra largo con fines turÃsticos que unirá el feriado de Semana Santa con el DÃa del Veterano y de los CaÃdos en la Guerra de Malvinas. Sin embargo, de estos seis dÃas libres en total, no todos califican como feriado, por lo que es importante saber qué dÃas son no laborables y cómo se pagan esos dÃas trabajados.
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La llegada de este feriado XL con fines turÃsticos se da a poco de la finalización del verano y se trata de una fecha ideal para realizar viajes cortos o una escapada, tanto dentro como fuera de la provincia de Buenos Aires.
Semana Santa: estos son los feriados y los dÃas no laborablesÂSegún lo dispuesto por el Gobierno Nacional, el fin de semana extra largo de seis dÃas comienza este jueves e incluirá los siguientes dÃas:
Jueves 28 de marzo: dÃa no laborable por Jueves Santo
Viernes 29 de marzo: feriado por Viernes Santo
Sábado 30 de marzo: no es feriado
Domingo 31 de marzo: Domingo de Pascuas, no es feriado
Lunes 1° de abril: feriado con fines turÃsticos
Martes 2 de abril: feriado por el DÃa del Veterano y de los CaÃdos en la Guerra de Malvinas
De esta manera, el fin de semana extra largo que se avecina se compone de un dÃa no laborable y tres feriados que se acoplan a un sábado y domingo comunes.
De acuerdo a lo establecido por el Gobierno, este feriado comienza el jueves 28 de marzo por lo cual este dÃa se clasifica como un dÃa no laborable, ofreciendo a los empleadores la facultad de decidir si se trabaja o no, y en caso de hacerlo no se pagará el doble al empleado. Es decir, es totalmente legal que se solicite cumplir con el dÃa de trabajo normal, el cual se pagará como una jornada simple, sin ninguna remuneración extra.
Por otro lado, el Viernes Santo sà se considera como un feriado nacional, lo cual implica que, según la Ley de Contrato de Trabajo, si un empleado trabaja durante ese dÃa feriado debe recibir una remuneración doble en comparación con una jornada laboral normal.Â
Lo mismo ocurre con quienes se vean obligados a trabajar el lunes 1° y martes 2 de abril, ya que deberán cobrar doble por hacer sus tareas laborales en fechas que califican como dÃa de descanso dominical.Â
Por último, cabe recordar que ni el sábado 30, ni el domingo 31 (a pesar de tratarse del Domingo de Pascuas) son considerados dÃas feriados en el calendario nacional.