La AFIP incorpor贸 a las billeteras virtuales a los reg铆menes de informaci贸n: 驴En qu茅 consiste la medida?
La normativa聽fue dada a conocer por la Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos este jueves.聽Desde el organismo tributario detallaron que聽tiene como fin "equiparar el tratamiento impositivo de las cuentas bancarias y no bancarias". M谩s detalles en la nota,
La Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) dispuso incorporar las billeteras virtuales al r茅gimen de informaci贸n previsto para las transacciones de activos efectuadas mediante herramientas y/o aplicaciones inform谩ticas,.
"De esta manera聽se busca equiparar el tratamiento impositivo de las cuentas bancarias y no bancarias. La medida mejora las herramientas de control de un sector de los servicios financiero", resalt贸 el organismo.
La agencia de recaudaci贸n聽podr谩 contar de este modo con informaci贸n detallada de los movimientos de usuarios de billeteras digitales y otros servicios fintech, de manera tal de detectar m谩s f谩cilmente maniobras de evasi贸n del impuesto al cheque聽y otros tributos.
La medida fue oficilizada a trav茅s de la聽Resoluci贸n General 5029, publicada este jueves en el聽Bolet铆n Oficial, que entrar谩 en聽vigencia聽para las聽operaciones realizadas a partir del per铆odo julio de 2021.
En ese marco, la AFIP agreg贸 que la decisi贸n no tiene ning煤n impacto sobre los usuarios de servicios de billeteras virtuales, siendo los nuevos sujetos alcanzados los administradores de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP).
Los proveedores de servicios de pago deber谩n informar la n贸mina de cuentas con las que se identifican a cada uno de los clientes, as铆 como las altas, bajas y modificaciones que se produzcan.
Las cuentas que estar谩n bajo la lupa del fisco ser谩n aquellas que en un mes alcancen ingresos de $10.000 o m谩s, un n煤mero que por su bajo valor implica una extensi贸n de la capacidad de escrutinio de la AFIP.
Como la modificaci贸n para las empresas PSP prevista en la resoluci贸n聽entrar谩 en vigencia para las operaciones realizadas a partir de julio de este a帽o, la informaci贸n correspondiente a dicho mes podr谩 ser presentada por las PSP hasta el 煤ltimo d铆a h谩bil de agosto.
Adem谩s, con el objeto de identificar las transferencias de fondos que se realicen entre cuentas a la vista, se incorpora como parte de la informaci贸n a suministrar por las PSP, el dato de la Clave Virtual Uniforme (CVU) en los casos que, como m铆nimo, una de las cuentas pertenezca a dichas empresas, facilitando, de acuerdo con la AFIP, interoperabilidad entre cuentas a la vista y servicios de pago.
La incorporaci贸n de los PSP al r茅gimen informativo se realiza en el marco de las modificaciones efectuadas en la Ley del Impuesto sobre los Cr茅ditos y D茅bitos (conocida como 鈥渋mpuesto al cheque鈥) en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.
Los cambios, publicados en el decreto 301/2021 del Bolet铆n Oficial en mayo, hab铆an establecido una al铆cuota de 1,2% que alcanza a las personas jur铆dicas (las humanas continuar谩n exentas) que realicen operaciones en cuentas de pago, debiendo actuar como agente de retenci贸n y liquidaci贸n los PSP.