Los pasajeros de micros de larga distancia deber谩n llevar su equipaje registrado a su nombre
El Gobierno implement贸 nuevas formas de asegurar la correspondencia entre los viajeros y sus pertenencias. La medida fue confirmada en el Bolet铆n Oficial y comenzar谩 a regir a partir de los 60 d铆as de la disposici贸n.
El Gobierno nacional, a trav茅s de la Secretar铆a de Transporte, aprob贸 este martes un nuevo r茅gimen para la identificaci贸n y trazabilidad de equipajes y encomiendas en el transporte automotor de pasajeros. De este modo, confirmaron que los pasajeros de micros de larga distancia deber谩n llevar su equipaje identificado a su nombre.
La decisi贸n qued贸 formalizada esta madrugada en el Bolet铆n Oficial mediante la resoluci贸n 4/2026, que reemplaza el sistema anterior basado en marbetes y fajas f铆sicas, y establece que los transportistas podr谩n usar dispositivos documentales o tecnol贸gicos verificables para garantizar la trazabilidad de las pertenencias.
En el texto oficial, se destaca que el nuevo r茅gimen obliga a que cada equipaje est茅 vinculado al pasajero, ya sea mediante c贸digos impresos en el pasaje, c贸digos QR, registros digitales o etiquetas de la empresa.
En ese sentido, se帽alaron que no se permitir谩 el ingreso de valijas sin identificaci贸n, y los mecanismos elegidos deber谩n ser interoperables con sistemas de transporte internacionales en pa铆ses lim铆trofes.
La Comisi贸n Nacional de Regulaci贸n del Transporte (CNRT) estar谩 a cargo de fiscalizar en sus inspecciones la efectiva correspondencia entre equipajes y pasajeros, priorizando el control sobre la seguridad del dispositivo elegido m谩s all谩 de las especificaciones t茅cnicas. En caso de p茅rdida total, parcial o deterioro, indicaron que se aplicar谩n indemnizaciones seg煤n la resoluci贸n vigente.
En tanto, los transportistas deber谩n informar los mecanismos adoptados a la Subsecretar铆a de Transporte Automotor y a la CNRT 30 d铆as antes de la entrada en vigencia. El incumplimiento ser谩 sancionado de acuerdo con el R茅gimen Sancionatorio por Infracciones en Materia de Transporte por Automotor de Jurisdicci贸n Nacional.
A partir de la entrada en vigencia de la nueva medida, que ser谩 efectiva a los 60 d铆as de su publicaci贸n, los operadores de transporte automotor de pasajeros interjurisdiccionales podr谩n optar por mecanismos documentales o tecnol贸gicos verificables para asegurar la trazabilidad del equipaje.