No quer铆an vacunar a sus beb茅s reci茅n nacidos, pero la Justicia los oblig贸
Los dos casos ocurrieron en la provincia de San Luis. Las juezas ordenaron inmunizar a los beb茅s y cumplir con el Calendario Nacional de Vacunaci贸n pese a la negativa de sus padres.
El fallo de dos juezas de San Luis autorizaron a centros de salud de la capital provincial a inmunizar a dos beb茅s cuyos progenitores se negaban a la aplicaci贸n de las vacunas del calendario obligatorio, y los emplazaron a no obstaculizar el procedimiento.聽
Ambos casos tuvieron lugar en dos centros de salud en la provincia de San Luis.
Una de las juezas que intervino es de competencia de聽Familia, Ni帽ez, Adolescencia y Violencia N潞 2 de San Luis, Viviana Oste, quien recibi贸 una notificaci贸n el pasado viernes sobre聽dos progenitores se negaban a vacunar a su hijo reci茅n nacido. Un hecho similar ocurri贸 el pasado lunes cuando la Jueza de Familia, Ni帽ez, Adolescencia y Violencia N潞 3, Ana Bel茅n Villegas, recibi贸 la comunicaci贸n sobre el nacimiento de una ni帽a, a la cual sus padres se opusieron a vacunarla por riesgo a una reacci贸n al茅rgica.
Seg煤n informaron las fuentes, en ambos casos, las juezas ordenaron inmunizar a los beb茅s y cumplir con el Calendario Nacional de Vacunaci贸n (CNV) y emplazaron a los progenitores a no obstaculizar el procedimiento.
驴Cu谩les fueron los argumentos para emitir el fallo?
Para las personas reci茅n nacidas dentro de las 12 horas de vida, el CNV incorpora dosis contra la hepatitis B y tuberculosis (BCG), que protegen desde temprana edad a quienes son m谩s susceptibles de contraer enfermedades infecciosas potencialmente graves.
Para fundamentar sus decisiones de ordenar a los profesionales de aplicarles las vacunas a los reci茅n nacidos, las juezas se basaron en legislaci贸n nacional como la Ley de Salud P煤blica, la Ley de Control de Enfermedades Prevenibles por Vacunaci贸n, la Convenci贸n sobre los Derechos del Ni帽o y tambi茅n la Ley Nacional de Protecci贸n Integral de Derechos de Ni帽os, Ni帽as y Adolescentes.
Las magistradas hicieron saber a los progenitores que, dada la responsabilidad parental que tienen sobre sus hijos, deben abstenerse de impedir la aplicaci贸n de las vacunas, porque esta acci贸n implicar铆a desobedecer una orden judicial, que es incurrir en un delito y tiene una sanci贸n en el art铆culo 239 del C贸digo Penal.
La Convenci贸n sobre los Derechos del Ni帽o tutela el derecho a la salud de ni帽os, ni帽as y adolescentes e imponen hacer valer los derechos de los ni帽os por cualquier otro derecho, incluso el de sus propios padres o de cualquier adulto.
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La Ley Nacional de Protecci贸n Integral de Derechos de Ni帽os, Ni帽as y Adolescentes,聽conocida tambi茅n como la Ley 26.061, en tanto, establece que los organismos del Estado deben garantizar el acceso a servicio de salud respetando las pautas de familiares reconocidos por la familia pero que siempre no constituya un peligro para la vida e integridad del ni帽o, ni帽a o adolescente. La Ley 27.491 de Control de Enfermedades Prevenibles por Vacunaci贸n, que se sancion贸 en diciembre de 2018 y se reglament贸 este a帽o, establece que las vacunas son obligatorias, gratuitas y un bien social y que tienen por objetivo garantizar un acceso y equidad a todas las vacunas que componen el CNV.
"Se entiende a la vacunaci贸n como una estrategia de salud p煤blica preventiva y altamente efectiva y que las vacunas se consideran un bien social, lo que hace que sean especialmente obligatorias para los habitantes para aplic谩rselas, porque lo que debe prevalecer es la salud p煤blica por sobre el inter茅s particular", explic贸 Gabriela Morales, secretaria de primera instancia de la Oficina de Gesti贸n Unificada de Familia, Ni帽ez, Adolescencia y Violencia.
La ley le da un rol clave al personal educativo y de salud para garantizar los circuitos que faciliten la vacunaci贸n en esta etapa de la vida, confirma el acceso gratuito y obligatorio para toda la poblaci贸n del pa铆s.