Pensi贸n vitalicia por Covid: Cu谩les son los requisitos y qui茅nes pueden acceder
La podr谩n recibir los familiares de aquellos trabajadores esenciales que hayan fallecido聽por coronavirus antes del 31 de diciembre de 2020. M谩s聽detalles, en la nota.聽
La Administraci贸n Nacional de la Seguridad Social (Anses) confirm贸 que habr谩 una nueva prestaci贸n que alcanzar谩 a los familiares de las v铆ctimas del Covid-19. La condici贸n para acceder al beneficio es que la persona fallecida haya realizado trabajos esenciales y la muerte tiene que haberse producido antes del 31 de diciembre de 2020.
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Se trata de una pensi贸n vitalicia, compatible con otras prestaciones, equivalente a dos jubilaciones m铆nimas, que se actualizar谩n seg煤n la Ley de Movilidad Jubilatoria. La misma se cobrar谩 de por vida y en la actualidad el monto consiste en $65.260.聽
Cabe destacar quel as condiciones se oficializaron en el Bolet铆n Oficial, mediante la Resoluci贸n 5/2022 del Ministerio de Trabajo. All铆, el Ejecutivo realiz贸聽una serie de aclaraciones sobre la Ley N潞 27.549, que instituy贸 una pensi贸n graciable de car谩cter vitalicio, con una suma mensual igual al doble del haber m铆nimo jubilatorio.
Los detalles de la pensi贸n graciable para familiares v铆ctimas por COVID
El beneficio ser谩 para los los derechohabientes de los profesionales, t茅cnicos, auxiliares (incluidos los de gastronom铆a, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud p煤blica y privada; el personal de las Fuerzas Armadas; las Fuerzas de Seguridad; de la Actividad Migratoria y Aduanera; Bomberos; recolectores de residuos domiciliarios y de residuos patog茅nicos que, habiendo prestado servicios esenciales durante la emergencia sanitaria, hayan fallecido en el per铆odo comprendido entre el 1掳 de marzo y el 30 de septiembre de 2020, como consecuencia de haber contra铆do coronavirus.
Qui茅nes pueden gestionarla
De acuerdo a lo dispuesto, la pensi贸n vitalicia pueden gestionarla aquellos familiares de trabajadores esenciales fallecidos a ra铆z de la pandemia: esposo/a conviviente; hijos menores a cargo del causante: hasta los 21 a帽os salvo en el caso de los discapacitados o aquellos con percepci贸n de alimentos fijados, en cuya situaci贸n ser谩 hasta los 25 a帽os de edad y personas a cargo del trabajador fallecido. La pensi贸n (que en la actualidad es de $65.260) es compatible con cualquier otra prestaci贸n y es de por vida.
驴C贸mo tramitarla?Es necesario iniciar un tr谩mite en cualquier oficina de la ANSeS del pa铆s: es un tr谩mite totalmente independiente de otras prestaciones y/o asignaciones.
No es necesario haber aportado al r茅gimen nacional, ya que el fallecido pudo haber sido un trabajador aportante a una caja provincial; s贸lo se tomar谩 en cuenta que su tipo de trabajo haya sido considerado esencial.
Al momento de realizar la gesti贸n, el familiar debe presentar la documentaci贸n m茅dica respaldatoria del fallecimiento de la persona: estudios, an谩lisis de laboratorio y la historia cl铆nica. La pensi贸n se cobra desde el momento en que se inicie la gesti贸n y no cuando finalice el tr谩mite, dispuso el Gobierno.
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Por 煤ltimo, la resoluci贸n destaca que la pensi贸n fue sancionada con el objeto de brindar "un reconocimiento de estricta justicia para aquellos familiares de las personas fallecidas en la primera l铆nea de fuego , considerando la particular posici贸n de riesgo a la que se vieron expuestos en sus tareas, arriesgando su vida por el conjunto de la sociedad". 聽