Repro II: dieron a conocer cu谩ndo se podr谩 realizar la inscripci贸n para los salarios de septiembre

El Ministerio de Trabajo inform贸 cu谩l ser谩聽el plazo para inscribirse聽al Programa de Reactivaci贸n Productiva II para sueldos devengados este mes. 驴Qu茅 requisitos se piden para recibirlo?聽

El Ministerio de Trabajo estableci贸 el plazo para la inscripci贸n al Programa de Reactivaci贸n Productiva II (Repro II) y extendi贸 el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores cr铆ticos para los salarios devengados este mes.

La norma fue estipulada a trav茅s de la Resoluci贸n 568/2021 publicada este martes en el Bolet铆n Oficial estableci贸 que el plazo para la inscripci贸n en ambos programas ser谩 desde el 24 al 30 de setiembre pr贸ximo.

Adem谩s, determin贸 las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselecci贸n, respecto de las fechas de facturaci贸n y n贸mina de las empresas que quieran acceder al beneficio al Repro II.

Los meses seleccionados para el c谩lculo de la variaci贸n interanual de la facturaci贸n requerida por la Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) ser谩n agosto de 2019 y de 2021, pero no se deber谩 considerar la facturaci贸n para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.

En ese sentido, el mes seleccionado para determinar la n贸mina de personal y los salarios de referencia ser谩 agosto 煤ltimo, en tanto que聽el corte de actualizaci贸n de bajas de n贸mina y el de CBU ser谩n hasta el 23 de setiembre.

En el caso de trabajadoras y trabajadores independientes, deber谩n presentar una reducci贸n de la facturaci贸n superior al 20% en t茅rminos reales, para el periodo comprendido entre agosto 煤ltimo y mismo mes de 2019.

Por su parte, el per铆odo de referencia de pagos a acreditar ser谩 para aut贸nomos desde enero de este a帽o hasta julio 煤ltimo; y para monotributistas, desde febrero hasta agosto.

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