JUSTICIA

Se llev贸 a cabo el primer juicio oral por maltrato animal de la Ciudad de Buenos Aires

El imputado fue condenado el 26 de marzo por la jueza Karina Andrade a una pena de ocho meses de prisi贸n en suspenso por el delito de crueldad animal. Ahora deber谩 asistir al Programa Protenencia, dependiente del Ministerio de Salud, y realizar una capacitaci贸n.

El pasado 26 de marzo se produjo un hecho hist贸rico en la Ciudad de Buenos Aires. La jueza Karina Andrade emiti贸 su veredicto y聽conden贸聽al imputado a ocho meses de prisi贸n en suspenso por actos de crueldad animal. Adem谩s, rechaz贸 el pedido de nulidad del allanamiento realizado el 16 de mayo de 2022.

Lo cierto es que, si bien dej贸 en suspenso la condena, estableci贸 condiciones: el imputado deber谩 asistir al Programa Protenencia, a cargo del Dr. Juan Enrique Romero, y completar una capacitaci贸n en el Observatorio del 鈥淰铆nculo Humano-Animal鈥 de Argentina en la Universidad Nacional Arturo Jauretche (UNAJ). La jueza respald贸 la hip贸tesis del Ministerio P煤blico Fiscal y determin贸 que el entorno en el que se encontraban los animales constituy贸 un acto de crueldad, generando un sufrimiento innecesario seg煤n lo establecido en el art铆culo 3, inciso 7掳 de la Ley Nacional 14.346.

La jueza Karina Andrade conden贸 al imputado a ocho meses de prisi贸n en suspenso por el delito de crueldad animal.

Antes de dar el聽veredicto, Andrade le explic贸 al imputado y a los presentes que, "La visi贸n adoptada por la ley 14.346 se aleja de la tesis antropoc茅ntrica y considera que los cohabitantes interespecies son las verdaderas v铆ctimas del delito, los jerarquiza y los dota de un聽status聽jur铆dico legal en el cual son sujetos de derecho".

En su momento, el Ministerio P煤blico Fiscal hab铆a solicitado聽una condena de un a帽o de prisi贸n para el imputado y la desvinculaci贸n de los animales del proceso, previa declaraci贸n de sujeto de derechos. Por otro lado, la defensa abog贸 por la absoluci贸n del imputado y la restituci贸n de los animales, argumentando que la conducta en cuesti贸n se ajustaba a la contravenci贸n establecida en el art铆culo 142 del C贸digo Contravencional. De manera subsidiaria, solicit贸 la nulidad de la detenci贸n debido a que no estaba especificada en la orden de allanamiento.

Despu茅s de analizar las pruebas presentadas, al momento de determinar la calificaci贸n legal, la jueza explic贸 que no consideraba aplicable la contravenci贸n establecida en el art铆culo 142 del C贸digo Contravencional para casos de criaderos ilegales o comercios que venden animales. En cambio, se帽al贸 que esta disposici贸n abarca conductas que pueden ser llevadas a cabo por personas responsables de un animal que han elegido para tener en convivencia.

Andrade: " Debemos ver a los animales no s贸lo como individuos vulnerables y sufrientes sino tambi茅n como vecinos, amigos, con-ciudadanos y miembros de sus propias comunidades o de las nuestras".

"El bien jur铆dico tutelado en este tipo de delitos, posee autonom铆a, y es el propio animal no humano quien tiene derecho a no ser objeto de la crueldad humana, lo que se da en un esquema de sujeci贸n arbitraria en virtud de la especie. Adoptar esta postura implica considerar a los animales no humanos como sujetos de derecho", detall贸 Andrade y agreg贸 que, "El prisma aqu铆 adoptado propone salir de la idea antropocentrista que tenemos de que el animal no humano no sufre si vive en condiciones como las aqu铆 acreditadas que coartan su libertad, afectan su dignidad y se los expone a enfermedades".

La jueza continu贸 con su expliaci贸n y dijo que, "La dignidad es un valor intr铆nseco de todo animal no humano que debe ser respetado al tenerlo a cargo y tratarlo. Su dignidad es afectada cuando se le impone una forma de vida que no puede justificarse y que es humillante como hacerle convivir en condiciones que pueden sintetizarse en estar rodeado de materia fecal y or铆n propia y de otro, a punto tal de tenerla pegada en el cuerpo, tenerlos sectorizados e incluso encarcelados como puede verse de alguna de las fotos a los animales no humanos. Debo decir que como jueza me impact贸 ver una de las fotos donde se ve el lugar que parece m谩s una celda de una alcaid铆a que una habitaci贸n de una casa de familia".

Concluy贸 con la comparaci贸n entre el trato de los animales no humanos con la situaci贸n de trata de personas y, citando el libro "Zooplis", dijo, "Este tipo de ejemplos son un ejercicio de expansi贸n de la imaginaci贸n moral para ver a los animales no s贸lo como individuos vulnerables y sufrientes sino tambi茅n como vecinos, amigos, con-ciudadanos y miembros de sus propias comunidades o de las nuestras".

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