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ARCA implement贸 cambios en el r茅gimen de facturaci贸n y habilit贸 la liquidaci贸n electr贸nica mensual

A trav茅s de la Resoluci贸n General 5824/2026, la Agencia de Recaudaci贸n y Control Aduanero estableci贸 el esquema de liquidaci贸n electr贸nica mensual para sectores financieros, seguros y medicina prepaga.

La Agencia de Recaudaci贸n y Control Aduanero (ARCA) formaliz贸 este viernes la Resoluci贸n General 5824/2026, una normativa que introduce modificaciones en el sistema de emisi贸n de comprobantes, limita excepciones y fija nuevas condiciones para identificar consumidores finales, entre otros puntos.

La medida, publicada en el Bolet铆n Oficial, actualiza la Resoluci贸n General N掳 1.415 para adecuar los procesos administrativos a las nuevas modalidades de declaraciones juradas simplificadas para el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto al Valor Agregado (IVA). 

Desde el organismo recaudador indicaron que la reforma busca optimizar la calidad de los datos en sus registros y disminuir la carga burocr谩tica sobre los contribuyentes. Seg煤n los considerandos de la norma, la implementaci贸n de estas herramientas digitales permitir谩 fortalecer el control fiscal sin elevar los costos operativos

El detalle de las modificaciones implementadas por ARCA.

ARCA: C贸mo ser谩 la implementaci贸n de la liquidaci贸n electr贸nica mensual 

Una de las implementaciones destacadas de la normativa es la creaci贸n de los "comprobantes de liquidaci贸n electr贸nica mensual". Esta figura legal permite a determinados sectores de la econom铆a agrupar las operaciones de un mismo cliente en un 煤nico documento digital por per铆odo. 

La resoluci贸n especifica que estos comprobantes deben emitirse antes del cierre de cada mes calendario y estar disponibles para el receptor en un plazo no mayor a diez d铆as corridos desde su generaci贸n. Este beneficio alcanza a las entidades financieras regidas por la Ley N掳 21.526 y a las compa帽铆as de seguros bajo la Ley N掳 20.091.

Asimismo, se incluye a las administradoras de tarjetas de cr茅dito y prepagas, junto con los operadores de pagos por transferencia, de acuerdo con los lineamientos t茅cnicos establecidos por el Banco Central de la Rep煤blica Argentina (BCRA). 

La Resoluci贸n 5824/2026 tambi茅n integra a las instituciones educativas de gesti贸n privada y a las entidades de medicina prepaga. Para acceder a esta modalidad de facturaci贸n mensual, deben estar constituidas como asociaciones, fundaciones o entidades civiles, conforme a las exenciones previstas en el art铆culo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. 

La normativa permite que estos sujetos emitan la facturaci贸n de forma individual por cada transacci贸n o mediante el esquema mensual unificado. 

En lo que respecta a la atenci贸n al p煤blico masivo, la agencia estableci贸 nuevos par谩metros para la identificaci贸n de los adquirentes. Se dispone la obligatoriedad de incluir la leyenda "A CONSUMIDOR FINAL" en los tickets o facturas. 

Adem谩s, se fij贸 un umbral de control: cuando el monto de la operaci贸n sea igual o superior a los $10.000.000, el emisor deber谩 consignar el DNI, CUIL o CDI del cliente. En el caso de compradores extranjeros, se requerir谩 el n煤mero de pasaporte o documento de identidad de su pa铆s de origen. 

Por otro lado, la resoluci贸n aclara que no habr谩 montos m铆nimos de exclusi贸n para la identificaci贸n mediante CUIT cuando el adquirente sea un responsable que necesite computar la deducci贸n en su declaraci贸n jurada de Ganancias. 

La reforma sustituye el art铆culo 47 de la RG 1.415, reforzando el deber de informar con exactitud los c贸digos de los puntos de emisi贸n. Los contribuyentes deben notificar a ARCA la habilitaci贸n de nuevos locales o el inicio de actividades, as铆 como tramitar la baja de puntos de venta dentro de los cinco d铆as h谩biles posteriores al cese de operaciones en dicho sitio. 

No obstante, la normativa establece una restricci贸n importante: una vez que un punto de venta es dado de baja en el sistema, su numeraci贸n queda inhabilitada de forma permanente y no podr谩 ser reutilizada en futuras gestiones. 

Esta medida busca prevenir la duplicaci贸n de registros y asegurar la integridad de la base de datos fiscal. Vinculaci贸n registral y plazos de aplicaci贸nARCA habilit贸 la opci贸n de asociar directamente cada punto de venta con una actividad econ贸mica espec铆fica declarada en el "Sistema Registral". 

Este tr谩mite se realiza a trav茅s del servicio con Clave Fiscal (Nivel de Seguridad 3) y permite una segmentaci贸n m谩s precisa de la facturaci贸n seg煤n el rubro del contribuyente. 

Aunque la resoluci贸n entr贸 en vigencia con su publicaci贸n oficial, la obligatoriedad para los nuevos esquemas de emisi贸n comenzar谩 a regir para las operaciones concertadas a partir del 1 de julio de 2026. 

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