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Un preso condenado por abuso sexual pidió reducir su pena tras realizar cursos virtuales: ¿Qué decisión tomó la Justicia?

Un condenado a ocho años de prisión solicitó que las capacitaciones fueran computadas como estímulo educativo. La Justicia de Rawson hizo lugar únicamente al beneficio correspondiente a la finalización de los estudios secundarios.

Un hombre condenado a ocho años de prisión por abuso sexual de una menor de edad intentó obtener una importante reducción de su condena al argumentar que, durante su detención, realizó 15 cursos virtuales sobre distintos oficios y habilidades. La defensa solicitó que esas capacitaciones fueran consideradas como estímulo educativo, aunque la Justicia de Rawson rechazó casi por completo el planteo.

El pedido fue presentado en el marco de un incidente de ejecución de pena. La defensa oficial requirió una reducción total de 14 meses al computar tanto la finalización de los estudios secundarios como las distintas capacitaciones online que el condenado aseguró haber completado mientras permanecía privado de la libertad.

Entre los cursos figuraban formación en gestión operativa de servicios de alojamiento, seguridad vial, fotografía, procesador de textos, cultivo hidropónico, peluquería, barbería, construcción de azudes y elaboración de confituras, entre otras temáticas. 

En ese sentido, la defensa sostuvo que esas actividades debían ser reconocidas como parte del estímulo educativo previsto para las personas privadas de la libertad.

No obstante, la Fiscalía se opuso a este planteo al considerar que esas capacitaciones no pueden equipararse a los niveles de educación formal contemplados en la Ley 24.660, que regula los beneficios por estudio durante el cumplimiento de una condena. 

La fiscal Analía Acuña sostuvo que incluso carreras universitarias de varios años de duración tienen un límite de reducción de nueve meses, por lo que resultaba desproporcionado otorgar 14 meses por cursos virtuales de corta duración.

La jueza de ejecución Karina Breckle compartió ese criterio y resolvió conceder únicamente el beneficio correspondiente a la finalización del nivel secundario, lo que representa una reducción de un mes de la condena. En consecuencia, rechazó que los cursos virtuales generaran un beneficio adicional sobre el tiempo de prisión.

El hombre había sido condenado el 2 de febrero de 2024 a ocho años de cárcel por el delito de abuso sexual simple agravado por la convivencia, con acceso carnal, en cuatro hechos cometidos bajo la modalidad de delito continuado contra una menor de edad. Según la sentencia, la pena se extenderá hasta el 24 de febrero de 2032.

Con esta resolución, la Justicia ratificó que el estímulo educativo previsto en la legislación penitenciaria alcanza a los niveles de educación formal establecidos por la ley, pero no a cursos de capacitación que no se encuentren comprendidos dentro de ese régimen.

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