El Gobierno reglamentó el cobro de atención médica a extranjeros no residentes en hospitales nacionales
La medida fue implementada por el Ministerio de Salud y establece un procedimiento para recuperar los costos de las prestaciones. En la normativa, destacaron que las emergencias continuarán siendo atendidas sin importar la situación migratoria.
El Gobierno de Javier Milei reglamentó este martes el procedimiento para que los hospitales nacionales puedan cobrar por sus servicios a extranjeros no residentes, una medida que había sido contemplada en la reforma migratoria impulsada en 2025.
La decisión quedó formalizada esta madrugada mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud, a cargo de Mario Lugones.
En esa línea, la normativa establece un "Procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional".
El objetivo de la medida es unificar los criterios que deberán aplicarse en los hospitales para facturar las prestaciones brindadas a personas que no tengan residencia en la Argentina.
Según destaca el texto oficial, la disposición no modifica el acceso a la salud de los extranjeros con residencia permanente, quienes mantienen las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos. Para acreditar esa situación deberán presentar el DNI correspondiente que permita comprobar su condición migratoria.
En cambio, para los extranjeros no residentes se establecieron dos mecanismos. Si cuentan con un seguro de salud, el hospital podrá facturar directamente a la compañía aseguradora el costo de la atención. En caso de que no tener cobertura, deberán abonar previamente la prestación médica correspondiente.
En tanto, uno de los puntos centrales de la normativa es que las emergencias médicas continuarán siendo atendidas de manera obligatoria y sin demoras administrativas, independientemente de la situación migratoria del paciente.
Dentro de esta categoría se incluyen situaciones que representen un riesgo cierto e inminente para la vida o las funciones vitales, como infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias masivas y emergencias obstétricas, pediátricas o neonatales. Una vez superada la emergencia, las prestaciones posteriores podrán ser facturadas al paciente o a su aseguradora, según corresponda.
Desde el Ministerio de Salud explicaron que la resolución busca establecer reglas comunes para la recuperación de los costos de atención de extranjeros no residentes, aunque serán los propios hospitales nacionales los encargados de diseñar e implementar los mecanismos necesarios.
El Gobierno profundiza su política migratoria
La nueva reglamentación forma parte de la reforma migratoria impulsada por el Gobierno en mayo de 2025 mediante el DNU 366/2025, que incorporó cambios en los requisitos de ingreso y residencia en el país y habilitó el cobro de determinadas prestaciones a extranjeros no residentes en hospitales y universidades nacionales.
La decisión representa un nuevo avance del Gobierno en su política migratoria, luego de que la Casa Rosada denunciara semanas atrás una supuesta "campaña antiargentina" en redes sociales y anunciara nuevas medidas vinculadas con el control migratorio.

