Jubilados y pensionados de ANSES: cómo designar un apoderado para trámites y cobrar haberes
El organismo previsional detalló quiénes pueden actuar como representantes de jubilados y pensionados, cuáles son los requisitos y qué documentación se necesita para realizar el trámite.
Mientras avanza el calendario de pagos de julio de 2026, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) recuerda que los jubilados y pensionados pueden designar un apoderado para realizar trámites y cobrar los haberes en su nombre.
El apoderado es una persona autorizada por el beneficiario para actuar en su representación ante el organismo previsional. Esta opción resulta útil para quienes no pueden realizar gestiones por cuenta propia, viven fuera del país o prefieren que otro se encargue de estos trámites.
Además, la ANSES permite nombrar un apoderado para realizar trámites y otro distinto para percibir los haberes. En cada caso, desde el sisteme establecen quiénes pueden asumir esa función y cuáles son los requisitos que deben cumplir.
Quiénes pueden ser apoderados de un jubilado o pensionado de ANSES
La ANSES permite designar distintos tipos de apoderados, según el trámite que se quiera realizar. Incluso, una misma persona puede nombrar a un representante para hacer gestiones administrativas y a otro diferente para cobrar los haberes.
Apoderado para realizar trámites
Quienes deseen autorizar a otra persona para hacer gestiones ante la ANSES pueden elegir entre las siguientes opciones:
- Un familiar directo o político, como cónyuge, conviviente previsional, padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, tíos, primos, sobrinos, suegros, yernos, nueras, cuñados, padrastros, madrastras o hijastros.
- Un tutor o curador designado por la Justicia.
- Un abogado.
- Un representante diplomático o consular.
Apoderado para cobrar los haberes
En el caso de los cobros, además de los familiares mencionados anteriormente, la ANSES también admite como apoderados a:
- Bancos habilitados para transferir jubilaciones o pensiones al exterior, en caso de que el beneficiario resida fuera del país.
- Organismos públicos nacionales, provinciales o municipales.
- Directores o administradores de hospitales, sanatorios, hogares o instituciones similares cuando el titular permanezca internado.
- Representantes especiales autorizados por un tiempo determinado para personas con imposibilidad de movilizarse.
- Mutuales o instituciones de asistencia social.
- Abogados o procuradores con poder certificado ante escribano.
Requisitos para designar un apoderado
La persona elegida como apoderado debe ser mayor de 18 años. Si es menor, solo podrá asumir esa función si se encuentra legalmente emancipada.
Qué documentación pide la ANSES
Los documentos varían según quién sea el apoderado. Entre los principales requisitos se encuentran:
- Familiar: DNI y documentación que acredite el vínculo.
- Conviviente previsional: tener registrada la convivencia ante la ANSES.
- Banco: formulario Carta Poder (PS 6.4) firmado y sellado por la entidad bancaria.
- Tutor o representante legal de un menor: sentencia judicial que acredite la designación.
- Curador o apoyo judicial: resolución judicial que autorice el cobro de la jubilación o pensión.
- Abogado: credencial profesional vigente.
Cómo designar un apoderado en ANSES, paso a paso
El trámite para nombrar un apoderado es sencillo y requiere seguir algunos pasos.
- Reunir la documentación correspondiente, de acuerdo con el tipo de representación que se quiera otorgar.
- Solicitar un turno, únicamente si el apoderado también realizará el cobro de los haberes. Si la autorización es solo para efectuar trámites administrativos, no es necesario pedir turno previo.
Ante cualquier duda, los beneficiarios pueden consultar el sitio web oficial del organismo, anses.gob.ar, donde encontrarán información sobre este trámite, una sección de preguntas frecuentes y otros servicios para resolver consultas relacionadas con jubilaciones, pensiones y prestaciones.

