Subte gratis para jubilados en CABA: cómo es el trámite con DNI y a quiénes abarca
La Legislatura porteña modificó la normativa vigente para eliminar los requisitos digitales y habilitar el ingreso directo por molinete. El límite de ingresos, la gestión en Sedes Comunales y el plazo para su implementación.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires avanza en la reestructuración de sus prestaciones de transporte. Tras la aprobación en la Legislatura del Despacho Nº 0339-26 (que modifica la Ley Nº 6.817), se oficializó un nuevo mecanismo para que jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de seguridad viajen de manera gratuita en toda la red de subterráneos.
La medida busca eliminar las barreras burocráticas previas -como la validación en el sistema de Trámites a Distancia (TAD), la constancia de ARCA y la certificación negativa de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)- para migrar hacia un alta presencial única que asocia el beneficio directamente al documento de identidad.
Quiénes pueden acceder al beneficio
La gratuidad en el pasaje está destinada a los beneficiarios de la previsión social que cumplan con los requisitos de residencia y topes de cobro fijados por la norma:
Jubilados y pensionados con domicilio legal en CABA.
Titulares con ingresos mensuales de hasta 2,5 haberes mínimos.
Retirados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad con residencia en la Ciudad.
Además, el esquema ratifica la gratuidad del servicio sin restricción de días ni horarios, manteniéndose operativo durante toda la jornada de funcionamiento del subte. La habilitación inicial tendrá una vigencia de 5 años, renovable en la medida en que se mantengan las condiciones.
Cómo se tramita el pase gratis en las Sedes Comunales
Con la nueva legislación, la gestión presencial reemplaza el circuito virtual anterior. Los interesados deberán acudir a las Sedes Comunales de la Ciudad presentando únicamente:
Documento Nacional de Identidad (DNI) con domicilio en CABA.
Último recibo de haberes que acredite el tope de ingresos permitido.
Una vez completado el registro en la sede correspondiente, el usuario quedará habilitado para apoyar el DNI directamente en los molinetes adaptados de las estaciones, sin necesidad de tramitar una tarjeta ni pase adicional.
Cuándo entra en vigencia
Luego de la sanción de la ley, el Poder Ejecutivo porteño dispone de un plazo máximo de 60 días corridos para su reglamentación.
Durante este período se realizarán las adecuaciones de las lectoras en las estaciones y se definirá el cronograma exacto para el inicio de la atención en las comunas.

