Secta de Villa Crespo: ratifican los procesamientos de 17 personas acusadas de asociaci贸n il铆cita, trata de personas y lavado de activos
La resoluci贸n de la C谩mara de Apelaciones Federal ratific贸 la decisi贸n previa del juez federal Ariel Lijo, emitida en diciembre pasado, sobre la secta que funcionaba en la Escuela de Yoga de Buenos Aires y fue descubierta en 2022 tras varias denuncias.
La Sala II de la C谩mara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal ratific贸, por mayor铆a, los procesamientos de 17 personas en el marco de la causa de "Escuela de Yoga Buenos Aires" (EYBA), acusadas por los delitos de asociaci贸n il铆cita, trata de personas con fines de explotaci贸n sexual y lavado de activos.
La resoluci贸n del tribunal apoy贸 la decisi贸n previa del juez federal Ariel Lijo, emitida en diciembre pasado, y con el requerimiento formulado por la Fiscal铆a en lo Criminal y Correccional Federal N潞4 de la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires, a cargo de Carlos Stornelli, y los titulares de la Procuradur铆a de Trata y Explotaci贸n de Personas (PROTEX), Alejandra M谩ngano y Marcelo Colombo.
En la misma l铆nea que el Ministerio P煤blico Fiscal (MPF), la C谩mara revoc贸 el sobreseimiento de un imputado que ejerc铆a como m茅dico cl铆nico en el presunto "Centro M茅dico Integral" vinculado a la organizaci贸n. La investigaci贸n sugiere que en este lugar se suministraban psicof谩rmacos a los "alumnos" con el fin de mantenerlos sedados durante per铆odos prolongados.
Cabe recordar que en septiembre de 2023, el juez de primera instancia elev贸 a juicio el primer tramo de la causa. Sin embargo, a ra铆z de presentaciones de las defensas, la C谩mara declar贸 la nulidad de dicha elevaci贸n y orden贸 al magistrado revisar las pruebas incorporadas con posterioridad a los procesamientos iniciales. Tras esta revisi贸n, el juez Lijo ratific贸 su decisi贸n previa en el caso.
Los fiscales Stornelli, M谩ngano y Colombo argumentaron que, si bien la instancia de revisi贸n se limitaba a la valoraci贸n de las pruebas posteriores a los procesamientos, un an谩lisis integral de todas las pruebas recabadas durante la investigaci贸n resultar铆a esencial para esclarecer los hechos.
En este sentido, enfatizaron la conexi贸n de las nuevas pruebas con las ya valoradas, resaltando que la causa investiga m煤ltiples actividades il铆citas, adem谩s de la trata de personas con fines de explotaci贸n sexual, atribuidas a una organizaci贸n criminal de car谩cter internacional.
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En su dictamen, los fiscales articularon la evidencia previa con la incorporada posteriormente, considerando la magnitud de la investigaci贸n internacional que implic贸 alrededor de 50 allanamientos. Entre las nuevas pruebas, destacaron el peritaje de dispositivos electr贸nicos, informes de intervenciones telef贸nicas y evidencia remitida por autoridades de Estados Unidos.
El camarista Irurzun se帽al贸 que "las hip贸tesis que conforman el objeto de esta causa se han cimentado en m煤ltiples indicios que construyeron la imputaci贸n. Es precisamente sobre ellos que las defensas guardan silencio".
Asimismo, los fiscales ponderaron la relevancia de las evaluaciones psicol贸gicas practicadas a las v铆ctimas en casos de trata de personas. Argumentaron que estas pericias son "la 煤nica prueba que utilizan las tres defensas de las personas imputadas para solicitar sus sobreseimientos".
En relaci贸n con estas pericias, los fiscales se帽alaron que gran parte de la prueba posterior a dicha confirmaci贸n tambi茅n concierne a las v铆ctimas, mencionando conversaciones telef贸nicas donde una v铆ctima manifiesta sentirse estafada y explotada sexualmente, as铆 como manuscritos hallados en la presunta "cl铆nica" que detallan los padecimientos relatados en supuestas "sesiones de terapia".
Los fiscales recordaron que al confirmar los procesamientos en noviembre de 2022, la C谩mara ya hab铆a valorado los testimonios de las v铆ctimas. En este contexto, cuestionaron si los informes elaborados por el Cuerpo M茅dico Forense con posterioridad a ese fallo podr铆an, por s铆 solos, desvirtuar el grado de sospecha alcanzado previamente.
En su dictamen, concluyeron que dichos informes no constitu铆an prueba suficiente para modificar la confirmaci贸n de los procesamientos. Argumentaron que la existencia de un trauma o indicadores de estr茅s y sumisi贸n no es un requisito del tipo penal de trata de personas, ni en su forma b谩sica ni agravada. A帽adieron que tampoco es un est谩ndar presente en la jurisprudencia nacional e internacional sobre trata y explotaci贸n de personas durante m谩s de una d茅cada.
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Los fiscales tambi茅n hicieron referencia al informe de la Direcci贸n General de Investigaciones y Apoyo Tecnol贸gico a la Investigaci贸n Penal (DATIP), que enfatiz贸 la necesidad de analizar las pericias de manera conjunta y no aislada, considerando que las v铆ctimas fueron explotadas bajo la misma modalidad y dentro de una organizaci贸n coercitiva.
La nueva resoluci贸n de la C谩mara, emitida recientemente, cont贸 con los votos de los jueces Roberto Jos茅 Boico y Mart铆n Irurzun, mientras que Eduardo Guillermo Farah expres贸 su disidencia.
Seg煤n la investigaci贸n, los imputados lideraban una organizaci贸n coercitiva que, bajo la apariencia de una escuela de filosof铆a del yoga, explotaba a sus integrantes, denominadas "alumnas", con personas de alto poder econ贸mico para el enriquecimiento del "maestro" y la propia escuela. Para ello, contaban con una "cl铆nica" ilegal donde se sedaba a las "alumnas" durante d铆as mediante el suministro de psicof谩rmacos, lo que los investigadores consideran una forma de coerci贸n y dominio. El objetivo final de estas acciones era el enriquecimiento de los l铆deres de la organizaci贸n.
La investigaci贸n estima que la organizaci贸n pose铆a un patrimonio de al menos 50 millones de d贸lares, con cuentas bancarias en Estados Unidos.