DISPOSICI脫N
Elevan el monto de percepci贸n de IVA para venta de alimentos, art铆culos de higiene y limpieza
La medida se plasm贸 en la Resoluci贸n General 5334/2023, publicada hoy en el Bolet铆n Oficial. M谩s detalles, en la nota.
La Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) modific贸 parcialmente el r茅gimen de percepci贸n del Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecido en febrero, elevando de $ 60 a $ 3.000 el monto m铆nimo de esa operaci贸n para las ventas de alimentos (excepto carnes, frutas y hortalizas), bebidas, art铆culos de higiene personal y de limpieza. La medida se plasm贸 en la Resoluci贸n General 5334/2023, publicada hoy en el Bolet铆n Oficial, que modifica por "razones de administraci贸n tributaria" los art铆culos 8 y 11 de la RG 5329 del 10 de febrero, que estableci贸 una percepci贸n del 3% aplicado "sobre el precio neto de la operaci贸n que resulte de la factura o documento equivalente".
En los hechos, la medida implica subir el piso de las operaciones comprendidas por el r茅gimen de $ 2.000 a $ 100.000, luego de un pedido de la Federaci贸n Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Econ贸micas (Facpce), en el sentido de "aplazar la fecha de implementaci贸n" y "revisar el importe m铆nimo de las operaciones alcanzadas".
La fecha de aplicaci贸n se mantuvo "para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del d铆a 1 de abril de 2023, inclusive", tal como se especific贸 la resoluci贸n original, pero el importe m铆nimo se elev贸 de $ 60 (es decir, el 3% de una venta de $ 2.000) a $ 3.000 (el mismo porcentaje para una transacci贸n de $ 100.000).
La resoluci贸n publicada hoy modifica parte del art铆culo 8, que en su redacci贸n original se帽alaba como pasibles del r茅gimen a los responsables inscriptos que "adquieran" alimentos (excepto carnes, frutas y hortalizas), bebidas, art铆culos de higiene personal y de limpieza. En la modificaci贸n se precisa el alcance a quienes "adquieran y comercialicen, sin transformaci贸n alguna".
En cuanto al art铆culo 11, se cambia el 煤ltimo p谩rrafo que ahora indica que " corresponder谩 efectuar la percepci贸n 煤nicamente cuando el monto de la misma supere los $ 3.000 (antes $ 60), l铆mite que operar谩 en relaci贸n a cada una de las transacciones alcanzadas por el presente r茅gimen".
La RG 5329 implement贸 el Programa de Monitoreo Fiscal con el objetivo de controlar en tiempo real las declaraciones juradas que presenten los contribuyentes y responsables, a fin de optimizar la capacidad operativa y de control de la AFIP a trav茅s de la incorporaci贸n de nuevas modalidades que permitan inferir anticipadamente la magnitud de las obligaciones fiscales.
Asimismo, en su t铆tulo segundo, estableci贸 un r茅gimen de percepci贸n del IVA de los productos mencionados que se realicen entre sujetos que revistan la calidad de responsables inscriptos en el gravamen.