La Corte orden贸 frenar la difusi贸n de escuchas ilegales
Con la firma de sus cinco miembros, el m谩ximo tribunal de Justicia manifest贸聽que聽las grabaciones de llamadas telef贸nicas deben ser usadas exclusivamente para esclarecer delitos en procesos penales.聽
La聽Corte聽Suprema de Justicia precis贸 este mi茅rcoles que las escuchas telef贸nicas deben ser utilizadas "exclusivamente para contribuir al esclarecimiento" de delitos en procesos penales en curso y pidi贸 al Congreso que "certifique" que la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) "no realiza tareas de investigaci贸n ajenas" a las solicitadas por los magistrados.聽
En la Acordada 17/2019 firmada por los cinco miembros del m谩ximo tribunal, dej贸 en claro, adem谩s, que las escuchas telef贸nicas son una "herramienta al servicio de la funci贸n jurisdiccional".
Destac贸聽que "la interceptaci贸n de las comunicaciones entre un imputado y su abogado defensor constituye una grave violaci贸n a la garant铆a constitucional de defensa en juicio".
En ese sentido, expres贸 que sin esa garant铆a constitucional "toda la poblaci贸n ve comprometida la vigencia del estado constitucional de derecho".聽
Los magistrados afirmaron que las "escuchas" solo pueden ser dispuestas por orden "fundada" de un juez, para casos concretos y por un plazo determinado.
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La聽Corte聽dijo que "como cabeza del Poder Judicial" y "sigue con preocupaci贸n los acontecimientos de p煤blico conocimiento vinculados a la difusi贸n p煤blica de la captaci贸n de comunicaciones, cuya interceptaci贸n y captaci贸n solo puede ser dispuesta por orden judicial en el marco de procesos penales en curso".
Asimismo, exhort贸 a los jueces en lo penal a que "extremen los recaudos necesarios para establecer l铆mites objetivos en la incorporaci贸n de elementos probatorios al expediente, excluyendo: cualquier comunicaci贸n entre los abogados y sus clientes", o "transcripci贸n y/o audio en el que se registren comunicaciones sobre temas de 铆ndole personal que resulten inconducentes a la investigaci贸n" que realizan.
"El respeto o la violaci贸n de la privacidad es uno de los s铆ntomas que permiten diferenciar a los sistemas democr谩ticos de los reg铆menes autoritarios y/o totalitarios", consign贸 la Acordada.
Los magistrados afirmaron que "la obtenci贸n furtiva de datos personales o informaci贸n sensible" sin fundamento en una investigaci贸n judicial, "la elaboraci贸n de registros preventivos, la divulgaci贸n, tr谩fico o comercio de los datos obtenidos en base a una finalidad originariamente l铆cita, la amenaza o el chantaje derivados de la posesi贸n de datos 铆ntimos que no resultan conducentes para el esclarecimiento de un delito, no solo deben ser prevenidos y castigados por la ley", sino que deben merecer "el m谩ximo repudio social".
El documento aclar贸 que "rigen para los magistrados, funcionarios, agentes y empleados que tengan participaci贸n activa en la intervenci贸n y/o responsabilidad sobre estos elementos probatorios el deber de confidencialidad y secreto respecto de la informaci贸n obtenida por estos medios".聽
La Acordada agreg贸 que "quienes incumplan este deber incurrir谩n en responsabilidad penal acorde a lo previsto en el derecho vigente".
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La聽Corte聽solicit贸, en ese sentido, al Congreso de la Naci贸n el "pronto tratamiento" del proyecto de ley S-979/18, que busca "regular la cadena de custodia de las interceptaciones, y requerir al Consejo de la Magistratura que "formule un diagn贸stico exhaustivo respecto del grado de aplicaci贸n de los criterios restrictivos en materia de interceptaci贸n de comunicaciones en el marco de las investigaciones penales".
Los jueces precisaron en la Acordada que al finalizar el proceso en el que se dispusieron las interceptaciones "los registros de sonido de las comunicaciones y las transcripciones que se hubieren realizado ser谩n puestos a resguardo del acceso p煤blico, sin que pueda accederse a ning煤n fin, sino por orden judicial y razones justificadas".
La Acordada indic贸 adem谩s que "la interceptaci贸n y captaci贸n de comunicaciones es un eslab贸n de una cadena que comprende las etapas de almacenamiento, traslado, incorporaci贸n al proceso y destrucci贸n en los supuestos previstos por la ley" y advirti贸 que una falla en cualquiera de ellas "afecta la confiabilidad de todo el sistema".
La聽Corte聽expuso que la Direcci贸n de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen organizado (DAJuDeCO), a cargo de la interceptaci贸n de comunicaciones "solo presta servicios de investigaci贸n criminal a requerimiento de magistrados judiciales o del Ministerio P煤blico Fiscal" y aclar贸 que "tiene absolutamente vedado el ejercicio de actividades de Inteligencia".