Ratifican condena a Cristina Kirchner e ir谩 presa: este es el fallo completo de la sentencia
El m谩ximo tribunal dej贸 firme la sentencia que condena a la ex presidenta a seis a帽os de prisi贸n inhabilitaci贸n de por vida para ocupar cargos p煤blicos, por el delito de administraci贸n fraudulenta durante聽
La Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n ratific贸 la sentencia de la ex presidenta Cristina Fern谩ndez de Kirchner a seis a帽os de prisi贸n e inhabilitaci贸n perpetua para ejercer cargos p煤blicos.
Todo se dio en el marco de la "Causa Vialidad", iniciada por los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, en la que se investig贸 irregularidades en la adjudicaci贸n de obras p煤blicas viales en la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015.
En principio, la C谩mara Federal de Casaci贸n Penal hab铆a fallado en noviembre del 2024 en contra de la ex mandataria por liderar el direccionamiento de contratos de obra p煤blica a favor del empresario L谩zaro B谩ez, acusado de ser un testaferro de los Kirchner, y en posibles sobreprecios, pagos anticipados y obras inconclusas.
La defensa de Cristina Kirchner argument贸 que no hubo pruebas concretas para ratificar la condena, al punto que las obras est谩n finalizadas y que se trat贸 de una persecuci贸n pol铆tica para proscribirla electoralmente.
Sin embargo, los integrantes de la Corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, confirmaron de manera un谩nime la sentencia de la ex mandataria, al igual que el de los implicados en la causa "Vialidad".
Entre ellos, figura el nombre del ex secretario de Obras P煤blicas Jos茅 L贸pez (6 a帽os), del ex titular de Direcci贸n Nacional de Vialidad Nelson Periotti (6 a帽os), y de los ex funcionarios del 谩rea de Vialidad de Santa Cruz Juan Carlos Villafa帽e (5 a帽os), de Ra煤l Gilberto Pavesi (4 a帽os y 6 meses), de Jos茅 Ra煤l Santiba帽ez (4 a帽os), de Mauricio Collareda (4 a帽os) y de Ra煤l Osvaldo Daruich (3 a帽os y 6 meses).
Por otra parte, la Corte tambi茅n dej贸 firme la absoluci贸n por el delito de asociaci贸n il铆cita, tras rechazar el pedido de la fiscal铆a para agravar la condena de la ex mandataria al declarar el planteo inadmisible por aplicaci贸n del art铆culo 280 del C贸digo Procesal en Civil y Comercial de la Naci贸n.
Entre los argumentos, el m谩ximo tribunal sostuvo que "las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida 鈥攙alorada de conformidad con las reglas de la sana cr铆tica (art. 398 del C贸digo Procesal Penal de la Naci贸n)鈥 y en el C贸digo Penal sancionado por el Congreso, sin que se haya demostrado en modo alguno que la decisi贸n apelada no constituya una derivaci贸n razonada del derecho vigente de conformidad con las circunstancias particulares comprobadas en la causa, ni que durante el proceso se haya vulnerado alguna garant铆a constitucional".
"El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley", ratific贸 la Corte Suprema, y que la sentencia "no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democr谩tico seg煤n las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Naci贸n".
Adem谩s, los magistrados declararon que la decisi贸n apelada "aludi贸 a que L谩zaro B谩ez, por intermedio de sociedades por 茅l controladas, efectu贸 contratos de locaci贸n y gerenciamiento con sociedades de titularidad de la familia Kirchner que explotaban hoteles, adem谩s de haber realizado otros negocios inmobiliarios".
En ese sentido, responsabilizaron a CFK que durante su gobierno "releg贸 la ventaja econ贸mica para la administraci贸n p煤blica por la ventaja econ贸mica para los intereses particulares a la postre beneficiados", en tanto que "se represent贸 los elementos objetivos del tipo al momento de dar comienzo a la acci贸n t铆pica y que previ贸 la realizaci贸n de estos y, por tanto, la producci贸n del resultado".
Sobre la figura de Cristina Kirchner, detallaron que "la apelante no ha cumplido con el requisito de fundamentaci贸n aut贸noma que requiere que el escrito de interposici贸n del recurso extraordinario contenga un relato prolijo de los hechos de la causa de relevancia principal, que permita vincularlos con las cuestiones que se plantean como de naturaleza federal mediante una cr铆tica concreta y razonada de los argumentos en que se bas贸 la sentencia que se impugna, sin que, incluso, valga a tal efecto una nueva cr铆tica general a las l铆neas principales de la argumentaci贸n del pronunciamiento apelado鈥.
Respecto a la defensa de la ex mandataria, rechazaron los argumentos respecto a un supuesto v铆nculo entre jueces y funcionarios 鈥渟in indicar ni una sola circunstancia concreta que permita inferir razonablemente que se ha comprometido la imparcialidad de los jueces en este caso concreto鈥.
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El fallo completo de la Corte Suprema聽
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