CONGRESO

Senado: el proyecto para reformar el Consejo de la Magistratura obtuvo media sanci贸n

El Senado de la Naci贸n aprob贸 este jueves por 37 votos a favor y 33 en contra el proyecto de ley impulsado por el oficialismo para modificar el Consejo de la Magistratura de la Naci贸n.

El Senado de la Naci贸n aprob贸 este jueves en horas de la tarde, por 37 votos a favor y 33 en contra, el proyecto de ley impulsado por el oficialismo.

Se trata del que busca modificar el Consejo de la Magistratura de la Naci贸n聽y que ampl铆a el n煤mero de sus integrantes, para otorgarle un car谩cter federal. La aprobaci贸n de la ley en Diputados debe darse antes del jueves 15 de diciembre, que es el plazo que estableci贸 la Corte Suprema para modificar la ley.

La sesi贸n en Senadores comenz贸 pasadas las 14. Finalmente, Juntos por el Cambio no dio quorum, el cual pudo lograrse gracias聽a los bloques aliados Alberto Weretilneck, Magdalena Solari Quintana y Clara Vega, adem谩s de la cordobesa Alejandra Vigo.聽

La sesi贸n en el Congreso comenz贸 pasadas las 14.

El senador del Frente de Todos,聽Oscar Parrilli, destac贸 en el recinto que se est谩 "debatiendo un proyecto de ley que nos vemos obligados a tratarlo por una actitud absolutamente inconstitucional". "Hoy estamos sancionando una medida transitoria que nos impone el fallo de la Corte, que est谩 avasallando al Poder Legislativo", sostuvo.聽

La intenci贸n de volver a la聽ley original derogada en 2006

El organismo est谩 regulado por la Ley 24.937 (t.o. por Decreto 816/1999), norma esta 煤ltima que fue reformada parcialmente por la Ley 26.080 (t.o. por Decreto 207/2006),聽que se busca revertir con estas sesiones en el Congreso.聽

Hay que recordar que el 16 de diciembre pasado,聽la Corte Suprema emiti贸 un fallo en el que declar贸 inconstitucional la ley vigente sobre el Consejo de la Magistratura y promovi贸 el establecimiento de un nuevo marco normativo que debe ser discutido en las dos C谩maras.

Pero adem谩s, la sentencia prev茅 restaurar la vigencia de la ley derogada en 2006, cuando se aprob贸 la reforma que redujo de 20 a 13 la cantidad de consejeros. El聽proyecto del Ejecutivo busca ampliar de 13 a 17 el n煤mero de miembros. Por su parte, el Consejo avanza en la elecci贸n de consejeros para llegar a los 20 integrantes.

Las razones por las que la Corte Suprema declar贸 inconstitucional a la integraci贸n del Consejo聽

La raz贸n radica en los integrantes que conforman el organismo, ya que el Consejo cuenta con聽un total de 7 representantes聽-6 legisladores y 1 representante del Poder Ejecutivo. En ese sentido, la Corte Suprema opin贸 que "ese n煤mero que le otorga qu贸rum propio y la mayor铆a absoluta del cuerpo", lo que le da la posibilidad de realizar acciones "hegem贸nicas o de predominio sobre los otros tres estamentos t茅cnicos, en clara transgresi贸n al equilibrio que exige el art铆culo 114 de la Constituci贸n Nacional".

La votaci贸n por la reforma de la ley que normaliza la integraci贸n del Consejo de la Magistratura. (Prensa Senado)

Desde fallo, la autoridad judicial dio un聽plazo de聽120 d铆as corridos para que adapte su composici贸n a lo que dispon铆a la聽Ley 24.937, el cual ordenaba la conformaci贸n del Consejo por聽20 miembros: el presidente de la Corte, 4 jueces, 8 legisladores, 1 representante del Ejecutivo, 4 abogados y 2 acad茅micos.

El Gobierno nacional聽envi贸 al Congreso un聽proyecto聽de ley聽que, luego de algunas modificaciones en el debate de comisiones,聽propone un Consejo de 17 miembros:聽4 jueces, 6 legisladores, 4 abogados, 1 representante del Ejecutivo y 2 acad茅micos. Una propuesta que baja la proporci贸n del sector 鈥減ol铆tico鈥 (7 sobre 17), pero que tambi茅n sigue dejando a la Corte fuera del Consejo.

La Corte remarc贸 que en el caso de que no se adec煤e el marco normativo -es decir, que la ley de reforma no sea aprobada en la C谩mara de Diputados- "transcurrido dicho plazo sin que se haya completado la integraci贸n mencionada,聽los actos dictados por el Consejo de la Magistratura ser谩n nulos".

Qu茅 es el Consejo de la Magistratura

El聽Consejo de la Magistratura聽es un 贸rgano permanente del Poder Judicial de la Naci贸n, incorporado a la Carta Magna mediante la reforma constitucional realizada en el a帽o 1994. El organismo se聽encarga聽de la selecci贸n y de la remoci贸n de jueces federales y nacionales.

Entre las funciones que tiene este organismo, seg煤n las atribuciones establecidas por el art. 114 de la Constituci贸n Nacional, se聽encuentran:聽

Seleccionar mediante concursos p煤blicos a los postulantes a las magistraturas聽inferiores Emitir propuestas en ternas vinculantes para el nombramiento de los magistrados de los tribunales inferiores Administrar los recursos y ejecutar el presupuesto que la ley asigne a la administraci贸n de justicia; ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados Decidir la apertura del procedimiento de remoci贸n de magistrados, en su caso ordenar la suspensi贸n, y formular la acusaci贸n correspondiente Dictar los reglamentos relacionados con la organizaci贸n judicial y todos aquellos que sean necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestaci贸n de los servicios de justicia.
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