La Justicia ratific贸 el procesamiento de Tapia, Toviggino y las cuentas de la AFA
La C谩mara Nacional de Apelaciones en lo Penal Econ贸mico dej贸 firme la resoluci贸n contra la c煤pula de la AFA por una presunta maniobra millonaria.
La C谩mara Nacional de Apelaciones en lo Penal Econ贸mico confirm贸 el procesamiento del presidente de la Asociaci贸n del F煤tbol Argentino (AFA), Claudio "Chiqui" Tapia, y del tesorero de la entidad, Pablo Toviggino, en el marco de la investigaci贸n por presunta evasi贸n tributaria y retenci贸n indebida de aportes previsionales.
La resoluci贸n dictada por el tribunal de alzada ratifica los embargos y las restricciones impuestas en la primera instancia, lo que deja la causa a un paso de ser elevada a la etapa de juicio oral y p煤blico. Seg煤n trascendi贸, la presunta maniobra delictiva bajo la lupa judicial involucra un monto que supera los 19.000 millones de pesos.
Claudio Tapia acompa帽a a la delegaci贸n argentina en el Mundial 2026.
El fallo, que se da en medio del Mundial 2026 y con Tapia fuera del pa铆s, lleva la firma de los magistrados Roberto Hornos y Carolina Robiglio, quienes resolvieron de manera diferenciada sobre las impugnaciones de las m谩ximas autoridades del f煤tbol local.
En el caso de Claudio Tapia y de la propia AFA como persona jur铆dica, la C谩mara declar贸 desiertos los recursos de apelaci贸n debido a que las respectivas defensas t茅cnicas no se presentaron en tiempo y forma a las audiencias correspondientes. En consecuencia, los procesamientos dictados originalmente por el juez en lo Penal Econ贸mico, Diego Amarante, quedaron firmes de modo autom谩tico sin recibir un an谩lisis de agravios por parte del tribunal de alzada.
Por otro lado, los camaristas s铆 analizaron y rechazaron el recurso de apelaci贸n presentado de manera formal por la defensa de Pablo Toviggino. De acuerdo con la resoluci贸n judicial, existen elementos de convicci贸n suficientes para determinar que el tesorero de la instituci贸n ten铆a pleno conocimiento de las obligaciones impositivas de la AFA y ejerci贸 un rol activo en la toma de decisiones que derivaron en la falta de dep贸sito de los fondos retenidos en los plazos fijados por ley.
El tribunal subray贸 adem谩s que los montos retenidos a los dependientes en concepto de seguridad social no son propiedad de las asociaciones civiles ni pueden ser destinados a otros beneficios financieros corporativos.
La hip贸tesis delictiva planteada por la acusaci贸n sostiene que las autoridades de la AFA desplegaron una estrategia deliberada para postergar sistem谩ticamente el pago de los compromisos fiscales.