ANMAT prohibi贸 un purificador de agua de una reconocida marca: 驴Por qu茅 motivo?
La聽Administraci贸n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog铆a M茅dica (ANMAT)聽retir贸 el producto del mercado. Lo confirm贸聽a trav茅s de una disposici贸n publicada聽en el Bolet铆n Oficial.
La聽Administraci贸n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog铆a M茅dica聽(ANMAT) prohibi贸 el uso, comercializaci贸n y distribuci贸n en todo el territorio nacional de algunos de los productos de una reconocida marca de purificadores de agua. La medida se comunic贸 mediante la聽Disposici贸n 5465/2022, publicada este martes en el聽Bolet铆n Oficial.
Cabe destacar, que la prohibici贸n alcanza a los modelos de dispositivos de acondicionamiento de agua聽鈥淒vigi AS Plus鈥, que tiene el RNE N掳 0200 35271, y聽鈥淐ompact鈥, que tiene el RNE N掳 020035271 y est谩 indicado para utilizarse solamente con la red del servicio potable, los cuales se venden en una presentaci贸n que trae un aparato y un repuesto original.
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Adem谩s, el organismo le inici贸聽un sumario sanitario a la empresa, que tiene domicilio en la avenida Santa Fe al 2380, en la localidad bonaerense de San Isidro, 鈥減or los presuntos incumplimientos al art铆culo 816 del Reglamento Alimentario N潞 141/53, el art铆culo 1潞 de la Resoluci贸n ex MS y AS N掳709/98 y el art铆culo 1掳 de la Disposici贸n ANMAT N潞 7292/1998.
Seg煤n precisaron las autoridades nacionales,聽las actuaciones comenzaron en este caso a ra铆z de una denuncia realizada por un usuario聽a trav茅s del correo electr贸nico del Servicio de Domisanitarios de la Direcci贸n de Evaluaci贸n y Gesti贸n de Monitoreo de Productos para la Salud, que daba cuenta de la comercializaci贸n de productos de la firma Dvigi que no contaban con su correspondiente registro ante la ANMAT.
ANMAT: denuncias y facturasEn el r贸tulo de estos art铆culos sospechosos se constataban diferentes datos, como el modelo del purificador; el n煤mero de RNE, el contenido de la caja; el c贸digo de barras, fecha y hora de fabricaci贸n; color y algunas especificaciones t茅cnicas, entre otras cosas.
En el marco de la denuncia聽fueron aportadas adem谩s las facturas de compra, donde se evidencia el tr谩nsito interjurisdiccional de los productos domisanitarios descriptos desde la provincia de Buenos Aires a la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires.
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A partir de esta informaci贸n se realiz贸 la b煤squeda de otros datos de los filtros de agua y de la firma, y se constat贸 la oferta de estos modelos en la p谩gina web de Dvigi, cuyo dominio fue verificado, correspondiendo su titularidad a la compa帽铆a en cuesti贸n, que聽asegura en la plataforma online que estos aparatos poseen certificaci贸n de ANMAT.
Asimismo, el organismo聽compar贸 la informaci贸n presente en el r贸tulo de otro de los purificadores con la descripci贸n del dispositivo en la ficha t茅cnica/manual del usuario disponible en la p谩gina web y detect贸 as铆 algunas diferencias, como en el dise帽o y tama帽o de la carcasa del aparato, la presi贸n m谩xima que soporta y su capacidad de caudal.
Adem谩s,聽se descubri贸 que en la web la marca asegura que el filtro de agua retiene, entre otros compuestos, 鈥渉erbicidas, pesticidas, plaguicidas鈥, lo cual 鈥渘o se corresponde con el producto registrado鈥澛ante la ANMAT y 鈥渘o est谩 permitido bajo la normativa vigente鈥.
Por esta raz贸n, las autoridades sanitarias determinaron que el purificador que compr贸 el denunciante 鈥渘o se corresponder铆a en un todo鈥 con el que est谩 registrado y se comercializa por la web, por lo que聽el 谩rea t茅cnica se comunic贸 a trav茅s de una entrevista virtual con los representantes de la empresa 鈥減ara el reconocimiento de facturas y productos de la denuncia鈥.
驴Qu茅 pas贸 con el filtro?Con respecto al 鈥淔iltro Purificador de Agua Sobre Mesada Aqua D麓vigi鈥, la firma declar贸 que era igual al producto registrado por ellos bajo el RNPUD N潞 0250001 y que solamente se hab铆a hecho un cambio de est茅tica del equipo.
Sin embargo, los funcionarios de la ANMAT se帽alaron que las diferencias halladas 鈥渘o solo eran de 铆ndole est茅tico, sino que tambi茅n eran sobre leyendas de r贸tulos y especificaciones t茅cnicas鈥 del aparato que 鈥渟e acreditan con ensayos de laboratorio que deben ser presentados en los tr谩mites de registro鈥.
鈥淧or todo lo expuesto, el Servicio de Domisanitarios entendi贸 que la firma estar铆a incumpliendo el art铆culo 816 del Reglamento Alimentario N潞 141/53, el art铆culo 1潞 de la Resoluci贸n ex MS y AS N掳709/98 y el art铆culo 1掳 de la Disposici贸n ANMAT N潞 7292/1998 y sus modificatorias, por haber comercializado en nuestro pa铆s productos domisanitarios sin contar con los correspondientes registros ante esta Administraci贸n Nacional鈥, se帽alaron las autoridades sanitarias en la Disposici贸n publicada este martes.
Por consiguiente, esa entidad recomend贸 鈥減rohibir el uso, comercializaci贸n y distribuci贸n en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electr贸nica de todos los lotes y presentaciones鈥 de estos art铆culos 鈥渉asta tanto se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Productos de Uso Dom茅stico鈥 e 鈥渋niciar el correspondiente sumario sanitario鈥, lo cual finalmente se hizo.
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