MEDIDA

ANMAT prohibi贸 una marca de productos de limpieza y chicles por diversas irregularidades

En lo que refiere a la prohibici贸n de los productos de limpieza, la misma tuvo lugar porque estos se comercializaban sin estar registrados ante la autoridad sanitaria competente, incumpliendo las normativas establecidas.

A trav茅s de dos resoluciones publicadas en el Bolet铆n Oficial de este martes, la Administraci贸n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog铆a M茅dica (ANMAT) prohibi贸 una marca de chicles importados desde Bolivia y una serie de productos de limpieza que se vend铆an en la provincia de Santa Fe, y en ambas decisiones no se cumpl铆an con los requisitos sanitarios.

En el caso del primer producto, la disposici贸n 349/2025 del organismo prohibi贸 la fabricaci贸n, comercializaci贸n, publicaci贸n y distribuci贸n de productos domisanitarios de las marcas 鈥淢谩ximo Productos de Limpieza鈥, 鈥淓cono鈥 y 鈥淗orizonte鈥 en todas sus variantes y presentaciones.聽

Estos productos, que incluyen limpiadores, desinfectantes y aromatizantes, se comercializaban sin estar registrados ante la autoridad sanitaria competente, incumpliendo las normativas establecidas y poniendo en riesgo la seguridad y la salud de los consumidores.

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Este procedimiento incluy贸 la denuncia inicial sobre la venta de estos productos sin registro, la consulta de la base de datos del ente estatal para confirmar la falta de autorizaci贸n, y la intervenci贸n del Programa de Monitoreo y Fiscalizaci贸n de Publicidad.聽

Tambi茅n se envi贸 notificaci贸n a la firma responsable, que reconoci贸 la comercializaci贸n irregular. Debido a la localizaci贸n de la empresa en Santa Fe, se comunic贸 a la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) para coordinar acciones.

La medida se fundamenta en que la falta de registro sanitario impide garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los productos, vulnerando normativas como la Ley N掳 16.463 y resoluciones ex MS y AS N掳 708/98 y N掳 709/98. Por ello, y considerando el poder de polic铆a sanitaria, se tom贸 esta acci贸n para proteger la salud p煤blica, solicitando tambi茅n que las autoridades provinciales asuman competencia en el caso.

Otra prohibici贸n de ANMAT

En segundo lugar, con la Disposici贸n 410/2025, se prohibi贸 la venta en el pa铆s del producto 鈥淐hicle Tik Tok鈥 de la marca Jennk. Se trataba de un producto importado desde Bolivia, el cual carec铆a de los registros obligatorios ante el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), lo que lo convierte en un producto ilegal seg煤n la normativa alimentaria vigente.

Se lleg贸 a este resultado tras la investigaci贸n iniciada por la denuncia de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), seguida de una investigaci贸n que confirm贸 la falta de registro e ingreso legal al pa铆s. Posteriormente, el caso fue notificado en el Sistema de Informaci贸n de Vigilancia Alimentaria (SIVA) y se alert贸 al Programa de Monitoreo y Fiscalizaci贸n de Publicidad para evaluar medidas.

Tras constatarse la infracci贸n a la Ley N掳 18284, el Decreto N掳 2126/71 y el C贸digo Alimentario Argentino, se determin贸 la prohibici贸n del producto por no garantizar trazabilidad ni condiciones seguras de elaboraci贸n.

La prohibici贸n se tom贸 fundamentada en proteger la salud p煤blica, ya que al no cumplir con las normativas de control y calidad, no se puede garantizar la inocuidad del producto. La disposici贸n ordena su exclusi贸n del mercado y establece la comunicaci贸n a las autoridades correspondientes para asegurar el cumplimiento de la norma.

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