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ANMAT prohibió una miel que puede ser peligrosa: ¿Qué marca?

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) vetó la comercialización de este producto en todo el territorio nacional y advirtió que su consumo puede ser perjudicial para la salud.

La ANMAT prohibió una miel que presentaba importantes irregularidades administrativas y remarcó que su consumo puede resultar peligroso.

Así, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) vetó la comercialización de estos productos en todo el territorio nacional.

¿Por qué la ANMAT prohibió esta miel?

La ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, del producto:

  • “Miel Pura de Abeja, marca Chérie de Tandil, RNE 04001314, RNP.A. 04045814”.

De acuerdo al informe del organismo, esta miel carece de registros de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA), y por estar falsamente rotulado al exhibir un número de RNE inexistente y uno de RNPA perteneciente a otro producto, resultando ser, en consecuencia, ilegal.

Esta miel fue prohibida por la ANMAT.
Esta miel fue prohibida por la ANMAT.

La investigación se inició a partir del reclamo de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) porque el producto mencionado no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.

A través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL consultó a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba si el RNE que se exhibe en el rótulo del producto investigado se encontraba autorizado, y la respuesta fue que era inexistente.

Además, se realizó la consulta pública en la base de datos de la mencionada Dirección y se verificó que el RNPA del producto denunciado corresponde a otro.

De esta manera, el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA).

Como se trata de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio nacional.

La medida tiene como objetivo proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad.

En tanto, se prohibió también la comercialización de cualquier producto que exhiba en su rótulo el RNE N° 04001314, por estar falsamente rotulado al utilizar números de registros sanitarios inexistentes, resultando ser, en consecuencia, ilegal.

¿Qué es y para qué sirve la ANMAT?

En el desarrollo de sus funciones, la ANMAT establece normativas, realiza inspecciones y ejerce vigilancia sanitaria. Estas acciones son fundamentales para garantizar que los productos relacionados con la salud y alimentación disponibles para la población argentina sean confiables y seguros. Así, la institución juega un rol crucial en la protección de la salud de los consumidores, brindando confianza y seguridad a la sociedad argentina respecto a los productos consumidos diariamente.

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