MEDIDA

ANMAT prohibi贸 una serie de repelentes y productos de limpieza

La medida fue informadapor medio de diversas resoluciones publicadas en el Bolet铆n Oficial, luego de llevarse a cabo una investigaci贸n por haber recibido una denuncia por la legitimidad de los productos.

La administraci贸n de Javier Milei public贸 una lista de repelentes y productos de limpieza, cuya comercializaci贸n qued贸 prohibida debido a una serie de irregularidades que detect贸 la Administraci贸n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog铆a M茅dica (ANMAT).

La medida fue informada por medio de las disposiciones 465/2025, 459/2025 y 417/2025 publicadas en el Bolet铆n Oficial.

En el primer caso indic贸 que los productos de la marca 鈥淓dison鈥 no podr谩n circular para la venta debido a la falta de inscripci贸n en el organismo de control y por no poseer un establecimiento habilitado por el mismo. La investigaci贸n se origin贸 tras una denuncia que puso en duda la legitimidad de los productos ofrecidos por esta marca en plataformas de venta electr贸nica.聽

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Durante los procedimientos, ANMAT tampoco pudo contar con los registros del fabricante en la Autoridad Sanitaria de la Provincia de Buenos Aires, ni identificar datos como el c贸digo postal o el CUIT de la firma en su p谩gina web, motivo por el cual no logr贸 notificar oficialmente a la empresa.

Sin embargo, tras la baja de los links de comercializaci贸n, Qu铆mica Edison se contact贸 con el Servicio de Domisanitarios para informarse sobre los requisitos necesarios para regularizar los productos.

La restricci贸n qued贸 redactada en el art铆culo 1掳 de la disposici贸n, en donde se expresa: 鈥淧rohibir el uso, comercializaci贸n y distribuci贸n en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electr贸nica, de todas las presentaciones de los productos formulados identificados como aromatizantes, limpiadores, acabados de superficies, desengrasantes, desinfectante de superficie; y todo otro domisanitario de la marca 鈥楨dison鈥, hasta tanto se encuentren debidamente regularizados".

Por su parte, el Departamento de Control de Mercado de la ANMAT calific贸 a estos productos como ileg铆timos, advirtiendo que representan un riesgo para la salud. A su vez, el 谩rea dependiente del Ministerio de Salud, inform贸 que no se podr谩 distribuir ni publicar en plataformas digitales las marcas de repelentes 鈥淪TOP! REPELENTE DE INSECTOS鈥 marca 鈥淒R FARMA鈥 y 鈥淩EPELENTE NATURAL, EN BASE DE ACEITE DE CITRONELLA, marca MOSQUICHAU鈥.

Prohibici贸n de los productos por parte del ANMAT

En el caso del primer producto, la decisi贸n qued贸 establecida a trav茅s de la Disposici贸n 459/2025, argumentando que presenta datos sanitarios falsos y caracter铆sticas que difieren del producto original.

La medida se tom贸 a ra铆z de una denuncia presentada por la empresa XERISTAL S.A., titular del producto leg铆timo, quien inform贸 que el repelente indicaba en su etiquetado un legajo y resoluci贸n sanitaria que pertenecen a la firma, aunque esta no particip贸 en su elaboraci贸n. Por lo que ANMAT determin贸 que se trataba de datos falsos.

Seg煤n detall贸 la firma denunciante, las diferencias en el envase y etiquetado radicaban en la utilizaci贸n botellas de PVC blanco/gris谩ceo con v谩lvulas transl煤cidas estriadas y no incluye n煤mero de lote, por parte del falsificador.

Cuando el organismo llev贸 a cabo la inspecci贸n, detect贸 la oferta del producto en plataformas digitales y un local comercial en la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires. Sin embargo, no lograron encontrar unidades disponibles ni documentaci贸n sobre su procedencia.

En lo que respecta al producto marca MOSQUICHAU, su comercializaci贸n qued贸 bloqueada en todo el territorio nacional a partir de la falta de registro.

La regla N掳 417/2025, detall贸 que el Sistema de Cosmetovigilancia de la Administraci贸n recibi贸 denuncias que lo impulsaron a consultar la base de datos de productos inscriptos. En la evaluaci贸n, no encontraron registros del repelente ni del establecimiento encargado de su elaboraci贸n, lo que motiv贸 la fiscalizaci贸n de publicaciones en l铆nea y la intervenci贸n del 鈥淧rograma de Monitoreo y Fiscalizaci贸n de Publicidad y Promoci贸n de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria鈥 para gestionar la baja de los anuncios.

En este sentido, qued贸 establecido en las consideraciones que 鈥渁 fin de proteger a eventuales usuarios del producto involucrado, toda vez que se trata de un producto cosm茅tico no inscripto ante la ANMAT, del que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboraci贸n y sobre el cual no resulta posible brindar garant铆as acerca de su eficacia, seguridad y/o formulaci贸n con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable, la Direcci贸n de Evaluaci贸n y Gesti贸n de Monitoreo de Productos para la Salud recomend贸 prohibir el uso, comercializaci贸n, publicaci贸n y distribuci贸n鈥 del producto de origen nacional en todos sus lotes, presentaciones vencimientos y contenidos netos.

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