FALLO JUDICIAL

Un hombre de 76 a帽os pudo adoptar a otro de 61 a帽os luego de varios rechazos de la Justicia

La historia se remonta a cuando Pedro ten铆a dos a帽os y su madre empez贸 a convivir con Luis. Luego, cuando el ni帽o ten铆a 10 a帽os, Ana Mar铆a y Luis se casaron.

Luego de tres intentos fallidos a lo largo de los a帽os, finalmente la Justicia permiti贸 que un hombre de 61 a帽os fuera adoptado legalmente por otro de 76 a帽os. El hecho, que ocurri贸 en las 煤ltimas horas en Or谩n, Salta, tiene como protagonistas a Ana L贸pez, de 82 a帽os, y a Luis Gonz谩lez, de 76, quieren quer铆an que 茅l adoptara al hijo de ella, Pedro Ruiz, de 61.

La historia se remonta a cuando Pedro ten铆a dos a帽os y su madre empez贸 a convivir con Luis. Luego, cuando el ni帽o ten铆a 10 a帽os, Ana Mar铆a y Luis se casaron. A pesar de que el chico ten铆a a su padre biol贸gico, quien falleci贸 en 1974, siempre consider贸 a Luis como su pap谩.

A lo largo de los a帽os, cuando la familia se dirig铆a a la Justicia para iniciar el tr谩mite, repetidamente se encontraba con la misma respuesta: el C贸digo Civil no lo permit铆a. Por eso, siempre lo sintieron como una deuda: hacer coincidir la identidad legal con la real.聽

Pero todo cambi贸 con la aprobaci贸n del nuevo texto del C贸digo Civil en 2015. Fue as铆 que, casi 60 a帽os despu茅s haber trabado una relaci贸n de padre e hijo, decidieron volver a preguntar si pod铆an formalizar su v铆nculo.

Para su sorpresa, la respuesta fue que s铆. Y el viernes recibieron la notificaci贸n del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia 2 de Or谩n que indicaba que Pedro ya era hijo oficial de Luis. Ana Mar铆a Carriquiry fue la jueza que autoriz贸 la adopci贸n.聽

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Ahora, Pedro tiene finalmente el apellido del hombre que lo cri贸. El fallo fue dado a conocer por la Justicia salte帽a modificando los nombres reales de los protagonistas para resguardar su privacidad.

Cuando lleg贸 el pedido, a trav茅s de un representante de la Defensor铆a de Pobres y Ausentes, la consulta sorprendi贸 a los abogados y a los jueces, quienes debieron ponerse a revisar la jurisprudencia y la legislaci贸n para este caso tan at铆pico. Hasta donde chequearon, no hab铆a otro caso de adopci贸n en la tercera edad.

Sin embargo, concluyeron que seg煤n lo que establece el C贸digo Civil y Comercial actual, las adopciones de personas mayores de edad son posibles s贸lo si existen pruebas de que el v铆nculo se trab贸 durante la infancia de quien va a ser adoptado.

"Tuvimos que revisar la legislaci贸n y sondear las convenciones internacionales de los derechos del adulto mayor, a las que adhiere la Argentina. Comprobamos que ac谩 hab铆a un derecho a la identidad y a la autodeterminaci贸n y autonom铆a del adulto mayor que deb铆a ser respetado. Realmente era el deseo de esa familia, porque ya era una familia, que sus documentos coincidieran con su identidad real. Y as铆 se hizo", explic贸 la jueza.

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