Hist贸rico fallo judicial: una reconocida empresa de bebidas deber谩 pagar 800 millones de pesos a un exempleado
La Corte Suprema provincial admiti贸 de forma parcial un recurso extraordinario y recalcul贸 la cifra inicial.
Un hist贸rico fallo judicial fue llevado adelante por la Suprema Corte de Justicia de Mendoza contra la empresa Refres Now S.A., fabricante de la gaseosa Manaos, a la que conden贸 a pagar m谩s de 800 millones de pesos a un exdistribuidor por su despido.
Aunque el m谩ximo tribunal provincial admiti贸 parcialmente un recurso extraordinario y recalcul贸 a la baja la cifra inicial, que rondaba los 1.500 millones, ratific贸 la existencia de una relaci贸n de dependencia no debidamente registrada y la responsabilidad de la compa帽铆a en el distracto laboral.
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Seg煤n inform贸 NA, la controversia legal tuvo su origen en la ciudad de San Rafael, donde la C谩mara Segunda del Trabajo determin贸 que el demandante, quien se desempe帽贸 como distribuidor en las provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa, mantuvo un v铆nculo laboral con la empresa entre los a帽os 2013 y 2022.
Seg煤n consta en el expediente, el trabajador logr贸 acreditar irregularidades en la registraci贸n de su contrato durante gran parte del per铆odo analizado. La sentencia original consider贸 probada la existencia de un "v铆nculo de dependencia no debidamente registrado", lo que deriv贸 en una condena inicial de alto impacto para el sector empresario.
Una suma suculenta para el extrabajador
Al revisar las actuaciones, los ministros de la Corte, Omar Palermo, Mario Adaro y Norma Llaster, decidieron reformular la sentencia dictada en la causa "Refres Now SA p/ Despido". Con la nueva resoluci贸n, el tribunal dispuso que la empresa deber谩 abonar al trabajador la suma de $223.419.076,66 en concepto de capital y $584.257.217,06 por intereses calculados al 11 de abril de 2025. El fallo aclara que el monto total de $807.676.293,72 se establece "sin perjuicio de los intereses que contin煤en deveng谩ndose hasta el efectivo pago".
A pesar de confirmar la condena principal, el m谩ximo tribunal introdujo modificaciones t茅cnicas en los rubros indemnizatorios. En particular, la Corte rechaz贸 parcialmente la demanda en lo referido a la indemnizaci贸n prevista en el art铆culo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), vinculada a la entrega de certificados laborales.
Este rubro, que ascend铆a a $34.796.852,75, fue desestimado por los magistrados al evaluar la correcta aplicaci贸n del derecho. Asimismo, el fallo determin贸 que los intereses para los 铆tems rechazados se calculen conforme a la tasa prevista en la Ley 9041.
Un hecho casi sin precedentes
La resoluci贸n judicial adquiere relevancia no solo por la envergadura de la empresa, sino por la magnitud de la cifra en un contexto de debate sobre la reforma laboral.
Finalmente, la Corte evit贸 reabrir la discusi贸n sobre los hechos ya probados en la instancia anterior y se centr贸 en la estructura econ贸mica de la liquidaci贸n. Al respecto, el tribunal sostuvo la metodolog铆a de c谩lculo para la obligaci贸n principal, subrayando que la responsabilidad de la firma por el despido incausado se mantiene firme a pesar de los ajustes realizados en la cuantificaci贸n final.