Free shops en pasos fronterizos: cómo aprovechar compras de hasta 500 dólares sin impuestos y la lista de productos excluidos
El detalle del decreto que permite comprar en free shops bajo un tope de franquicia de 500 dólares por persona.
El Gobierno dio a conocer los detalles de la reglamentación que permitirá realizar compras en free shops en los pasos fronterizos bajo una estructura similar a la implementada en los aeropuertos.
La reglamentación figura en el Decreto 438/2026 publicado en el Boletín Oficial. Esta disposición incorpora una resolución previa aprobada por el Mercosur en el año 2018, la cual permite habilitar establecimientos exentos de impuestos en áreas geográficas distintas a las vías de transporte aéreo internacional.
A través de esta medida, Argentina busca equipararse con los esquemas aduaneros y fiscales ya operativos en Brasil, Uruguay y Paraguay, donde el modelo de comercios fronterizos exentos de cargas tributarias se encuentra en funcionamiento desde hace varios años.
De acuerdo con el texto oficial, los beneficios impositivos otorgados buscan incentivar el consumo y atraer turismo e inversiones. Desde el Gobierno, señalaron además que la iniciativa se presenta como una herramienta para reforzar la competitividad de las economías regionales.
Para la puesta en marcha de cada establecimiento, el marco regulatorio determina un procedimiento de fiscalización de doble instancia. En primer lugar, el Ministerio de Economía será el que conceda la autorización de la actividad comercial; en segunda instancia, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dictaminará sobre la validez del espacio físico y la habilitación legal de la firma operadora.
El esquema de supervisión tiene por objeto garantizar la trazabilidad de la mercadería y prevenir la alteración de los fines del régimen aduanero.
Free shops en pasos fronterizos: qué productos quedan excluidos
No obstante, el texto del decreto estipula restricciones respecto al tipo de bienes que pueden ser comercializados dentro de este régimen transfronterizo.
Quedan excluidos del beneficio tributario los componentes de la canasta básica alimentaria, los animales vivos, especies vegetales, las armas de fuego y sus respectivas municiones, así como también los insumos o materiales vinculados a la defensa.
Asimismo, la prohibición alcanza a los electrodomésticos de gran volumen, la maquinaria destinada a la explotación industrial, comercial o agropecuaria, los materiales de construcción, los componentes para instalaciones eléctricas y los neumáticos.
El veto comercial comprende también al tabaco, los cigarrillos, los vehículos automotores, sus repuestos y los combustibles líquidos o gaseosos, quedando excluida la indumentaria y el calzado a excepción de calzado deportivo y ojotas.
Las operaciones comerciales realizadas bajo este nuevo sistema se regirán por las pautas establecidas en el régimen general de equipaje. Esto implica que las mercancías adquiridas deben registrar como fin exclusivo el uso o consumo personal del viajero, quedando inhabilitadas para ser introducidas de manera directa o indirecta en circuitos de comercialización mayorista o de producción industrial.
Las transacciones quedan sujetas al cumplimiento de los límites monetarios y las franquicias aduaneras vigentes para el ingreso de bienes al territorio nacional, las cuales determinan un tope de exención impositiva de hasta 500 dólares estadounidenses por cada individuo en tránsito internacional.

