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Un ex cura condenado por abuso de menores fue sobrese铆do por la Corte Suprema: las claves del fallo

Se le dio la raz贸n a la defensa del acusado al determinar que los delitos prescrib铆an a los 12 a帽os de cometidos. No se neg贸 la gravedad de los hechos cometidos.聽

El ex sacerdote Justo Jos茅 Ilarraz, condenado a 25 a帽os de prisi贸n por abusar sexualmente a siete menores en un seminario realizado en la ciudad de Paran谩, Entre Entre R铆os, fue sobrese铆do por prescripci贸n. As铆 lo dispuso la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n sin negar la gravedad del delito. Fue expulsado de la Iglesia por el Papa Francisco en 2024.聽

Se le dio la raz贸n a la defensa del acusado al determinar que los delitos prescrib铆an a los 12 a帽os de cometidos, en un fallo al que accedi贸 Cronica.com.ar. La conocida como ley Piazza cambi贸, sancionada en 2015, modific贸 estos plazos al entender que son delitos muy dif铆ciles de de denunciar para un menor.

Los ministros Horacio Rosatti, Carlos Fernando Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti revisaron cuestiones t茅cnicas, y sin negar la gravedad de los hechos por los que fue condenado, ante la comprobaci贸n de que hab铆a transcurrido el plazo previsto y de que no exist铆a causal de suspensi贸n o interrupci贸n de la acci贸n, la causa penal por los delitos cometidos sobresey贸 Ilarraz.

Los hechos

Los abusos ocurrieron entre los a帽os 1985 y 1993. Fueron siete hechos de corrupci贸n de menores y abuso por los que termin贸 condenado. En ese tiempo Ilrraz se desempe帽aba como Prefecto de Disciplina en el Seminario Arquidiocesano 鈥淣uestra Se帽ora del Cen谩culo鈥 de Paran谩.

Las v铆ctimas, que en ese momento ten铆an entre 12 y 14 a帽os, son de familias campesinas y hab铆an ingresado al seminario donde recib铆an orientaci贸n espiritual del ex sacerdote.

En 1994, algunas de las v铆ctimas, a煤n menores, alertaron a autoridades eclesi谩sticas. Se decidi贸 trasladar a Ilarraz primero a otra parroquia en Entre R铆os y posteriormente a Roma. 聽Luego regres贸 a la provincia de Tucum谩n y contin煤a con su tarea sacerdotal. En 2012 se hicieron las primeras acusaciones ante la justicia penal.

Los testimonios de siete j贸venes abusados y en pruebas que lo llevaron a la a condena a 25 a帽os de prisi贸n en 2018. La defensa sostuvo la prescripci贸n de la acci贸n penal por el paso del tiempo.聽

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre R铆os, que confirm贸 la condena, argumentando que la gravedad de los hechos y la Convenci贸n sobre los Derechos del Ni帽o obligaban a garantizar tutela judicial efectiva a las v铆ctimas, asimil谩ndolos a los delitos de lesa humanidad.聽

El fallo de la Corte

鈥淪e trata de una analog铆a inadmisible. Los hechos que encuadran dentro de la categor铆a de los delitos de lesa humanidad son de una naturaleza radicalmente distinta de la que revisten los aqu铆 denunciados, lo que descarta cualquier posibilidad de equipararlos con aquellos por los cuales ha sido condenado鈥, sostiene el fallo de la Corte.聽

"Asimismo, incluso de tomarse por v谩lido el razonamiento de la corte provincial, resulta claro que los hechos del caso tampoco pueden ser subsumidos dentro de los supuestos de 'graves violaciones a los derechoshumanos麓. No todo delito que afecte derechos humanos constituye, 聽per se , una 鈥榞rave violaci贸n鈥 que, seg煤n el derecho internacional, deba ser investigado con exclusi贸n del instituto de la prescripci贸n de la acci贸n penal", agrega el fallo.聽

Por otro lado los magistrados sostuvieron se帽alado la gravedad del delito : "a todo evento, las convenciones internacionales aludidas no otorgan a las v铆ctimas de delitos comunes el derecho a que los cr铆menes cometidos en su perjuicio est茅n exceptuados de los plazos legales de prescripci贸n, ni siquiera en el caso de cr铆menes aberrantes como los de autos 鈥攃uya gravedad es aun mayor por el rol pastoral del acusado鈥. La v铆ctima de un delito no tiene un derecho irrestricto a la condena del acusado, sino al dictado de una decisi贸n judicial fundada por parte de un tribunal que, luego de haberle asegurado el derecho a ser o铆do, explique las razones por las que resuelve admitir o, en su caso, rechazar la aplicaci贸n de una pena".

"Que no puede dudarse de que hechos como los denunciados son grav铆simos ni tampoco de que pueden causar inhibiciones a los menores perjudicados y demorar o dificultar su denuncia. Ambos rasgos tienen lugarcuando se dan abusos en entornos familiares, escolares o religiosos, como en el caso de Ilarraz, donde est谩n presentes relaciones de subordinaci贸n y/o dependencia. Es por ello que, atendiendo a la fenomenolog铆a del problema, el legislador excluy贸 prospectivamente estos delitos contra menores de edad de las reglas usuales en materia de prescripci贸n a trav茅s de la sanci贸n de las leyes 26.705 y 27.206 (Bolet铆n Oficial 10 de noviembre de 2015). Sin embargo, estas normas, dada la fecha de su sanci贸n, no resultan aplicables a la causa en atenci贸n al principio de irretroactividad de la ley penal m谩s gravosa", se帽alan los jueces.

Modificaciones

Ley 26.705 conocida cono Ley Piazza modific贸 el C贸digo Penal para que la prescripci贸n de los delitos sexuales cometidos contra menores comenzara a correr desde que la v铆ctima cumpliera 18 a帽os.聽

Y la Ley 27.206 introdujo nuevas causales para suspender el inicio del c贸mputo de la prescripci贸n en los casos de delitos sexuales contra menores.聽

Estas leyes son importantes porque reconocen la dificultad que pueden tener los menores para denunciar abusos sexuales y buscan garantizar que puedan hacerlo incluso a帽os despu茅s de ocurrido el hecho.聽

Justamente se modific贸 porque este delito es complejo de denunciar, el abusador suele ser una persona cercana y querida por ni帽o, puede tambi茅n no tener elementos suficientes para interpretar que est谩 siendo v铆ctima de un delito, y en general se logra poder decir lo que sufri贸 cuando ya es adulto.

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