UNO POR UNO

Cu谩les son los art铆culos de la reforma laboral que vuelven a regir tras el fallo de la Justicia

Tras la decisi贸n de la C谩mara de Apelaciones, la ley 27.802 recuper贸 vigencia. Cu谩les son los puntos clave de la norma

La C谩mara Nacional de Apelaciones del Trabajo dej贸 sin efecto la medida cautelar aceptada en primera instancia por el juez Ra煤l Ojeda, que hab铆a suspendido 82 art铆culos de la reforma laboral.

En los hechos, significa que la ley 27.802 recuper贸 plena vigencia y con ella vuelven a regir las modificaciones a la legislaci贸n que hab铆an sido aprobadas por el Congreso Nacional, a instancias del Poder Ejecutivo.

El fallo fue dictado por la Sala VIII del tribunal, integrada por Mar铆a Dora Gonz谩lez y V铆ctor Arturo Pesino, en el expediente iniciado por la Confederaci贸n General del Trabajo (CGT) contra el Estado nacional.

La mesa pol铆tica del Gobierno fue la que defini贸 los detalles de la reforma laboral.

Los jueces aceptaron el recurso de amparo que hab铆a sido otorgado en primera instancia, pero le dieron efecto suspensivo al recurso. Con ese cambio, la medida cautelar queda sin aplicaci贸n hasta que el tribunal resuelva sobre su validez.

La decisi贸n se funda en el art铆culo 13, inciso 3, de la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado. Seg煤n esa norma, cuando una cautelar suspende los efectos de una ley, la apelaci贸n debe tramitar con efecto suspensivo, salvo en supuestos excepcionales vinculados a derechos especialmente protegidos. Y para los jueces, esos supuestos no se verificaban.

La consecuencia inmediata del fallo es la reactivaci贸n del texto completo que hab铆a sido aprobado por el Congreso. Entre otras cuestiones, all铆 se destacan:

Indemnizaciones por despidos: se establece una reducci贸n en la base de c谩lculo de las indemnizaciones: se eliminan las vacaciones, el aguinaldo, propinas o premios en la f贸rmula. Dicha base no podr谩 superar tres veces el salario promedio del convenio aplicable, con un piso del 67% de ese valor. 

Fondo de Asistencia Laboral (FAL):  el nuevo sistema obligatorio para financiar las indemnizaciones por despidos ser谩 conformado con una contribuci贸n obligatoria entre 1,5% y 2,5% de las remuneraciones brutas que se toman como base para el c谩lculo de los aportes patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Banco de horas: el empleador y el trabajador podr谩n acordar un r茅gimen de compensaci贸n de horas extraordinarias de trabajo. Tendr谩 que formalizarse por escrito y es de car谩cter voluntario. Deber谩 respetar los descansos m铆nimos legales.

Salario din谩mico: puede fijarse por tiempo o por rendimiento del trabajo, y en este 煤ltimo caso por unidad de obra, comisi贸n individual o colectiva. Tambi茅n indica que las remuneraciones podr谩n ser liquidadas en pesos, moneda extranjera o en especie.

Fraccionamiento de vacaciones: la reforma laboral mantiene la posibilidad de fraccionar las vacaciones por un m铆nimo de siete d铆as. El per铆odo de goce contin煤a sin cambios, es decir, entre el 1掳 de octubre y el 30 de abril del a帽o siguiente. El texto especifica que "cuando las vacaciones no se otorguen de manera simult谩nea a la totalidad de los trabajadores de un establecimiento, lugar de trabajo, secci贸n o sector, y se acuerden en forma individual o por grupos, el empleador deber谩 organizarlas de tal manera que cada trabajador goce de sus vacaciones, al menos una vez cada 3 a帽os, durante la temporada de verano.

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