MARCHA ATRÁS

La Justicia revocó la cautelar que frenaba la reforma laboral: "No podrán detener el crecimiento", celebró Milei

La Cámara del Trabajo dejó sin efecto la medida que había dictado el juez Raúl Ojeda.

La reforma laboral recuperó vigencia en una parte sustancial de su contenido luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejara sin efecto la medida cautelar que había paralizado su aplicación. Con esta decisión, los 82 artículos que se encontraban suspendidos volverán a regir mientras continúa el debate de fondo.

El pronunciamiento implicó un cambio en el alcance del recurso de apelación que había presentado el Estado nacional en el marco de la causa judicial. En concreto, el tribunal resolvió modificar el efecto con el que se había concedido ese recurso, lo que derivó en la caída de la cautelar que impedía la implementación de varios puntos clave de la normativa.

La resolución fue tomada por la Sala VIII de la Cámara, integrada por la jueza María Dora González y el juez Víctor Arturo Pesino, quienes firmaron el fallo que redefine el escenario judicial de la reforma.

De esta manera, la normativa laboral impulsada por el Gobierno recupera operatividad en los aspectos que habían quedado en suspenso, al menos de forma provisoria, hasta que se resuelva la cuestión de fondo en los tribunales.

La Justicia revocó la cautelar que frenaba la reforma laboral: "No podrán detener el crecimiento", celebró Milei

"No podrán detener el crecimiento que se viene para el País. Viva la libertad carajo...!!!", celebró el presidente Javier Milei en un mensaje publicado en su cuenta en X en el que además difundió el comunicado del Ministerio de Capital Humano en el que se informó la decisión de la Cámara Laboral tras la apelación del Gobierno.

Cautelar y apelación

La causa se había originado por una presentación de la Confederación General del Trabajo (CGT), que solicitó una cautelar para frenar la aplicación de 82 artículos de la Ley 27.802, aprobada por el Congreso y publicada en el Boletín Oficial a comienzos de marzo.

El juez Ojeda hizo lugar a ese planteo el 30 de marzo y suspendió la vigencia de esos artículos, lo que derivó en la apelación del Estado que obtuvo fallo favorable este jueves.

Con esta decisión, la ley de "Modernización Laboral", como la denomina la gestión de La Libertad Avanza, recupera plena vigencia, sin necesidad de una definición inmediata de la Corte Suprema sobre el per saltum planteado por el Gobierno.

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