CAMBIO

El Gobierno modific贸 por decreto las condiciones del Servicio Meteorol贸gico Nacional

Desde ahora, ser谩 considerado "esencial" para la navegaci贸n a茅rea. Adem谩s, el nuevo esquema habilita a EANA a prestar tambi茅n el servicio de manera directa o a trav茅s de terceros.

El Gobierno de Javier Milei public贸 el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2026 en el Bolet铆n Oficial que introdujo un cambio de fondo en el r茅gimen de prestaci贸n del servicio meteorol贸gico aplicado a la aviaci贸n y oblig贸 a ATE a suspender un paro que estaba previsto para este viernes.

Es que se establece, por primera vez de manera expresa, que el servicio meteorol贸gico para la Navegaci贸n A茅rea constituye un servicio p煤blico esencial en la Rep煤blica Argentina.

La medida fue dictada por el Poder Ejecutivo en un contexto de conflicto gremial en el Servicio Meteorol贸gico Nacional (SMN), lo que llev贸 al levantamiento de la medida de fuerza que estaba prevista para hoy.

 El Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2026, publicado hoy 2026 en el Bolet铆n Oficial.

El decreto se apoya jur铆dicamente en la Ley 27.161 de Navegaci贸n A茅rea, que ya calificaba como esenciales a los servicios de navegaci贸n a茅rea, y precisa que dentro de ese conjunto se encuentra el llamado MET aeron谩utico, es decir, la especialidad de la meteorolog铆a dedicada exclusivamente a la aviaci贸n civil.

En ese sentido, el texto aclara que no se trata de una declaraci贸n de esencialidad de toda la actividad del SMN, sino espec铆ficamente de la funci贸n meteorol贸gica vinculada a la seguridad operacional de los vuelos, la planificaci贸n de rutas, los despegues y aterrizajes y la gesti贸n del tr谩nsito a茅reo.

Uno de los ejes centrales del decreto es la modificaci贸n del art铆culo 15 de la Ley 27.161, que redefine qui茅n debe prestar el servicio meteorol贸gico para la navegaci贸n a茅rea. A partir de esta reforma, la Empresa Argentina de Navegaci贸n A茅rea (EANA S.A.) pasa a ser la responsable primaria del MET aeron谩utico.

El nuevo esquema habilita a EANA a prestar ese servicio de manera directa o a trav茅s de terceros, siempre que estos cumplan los est谩ndares t茅cnicos, operativos y de seguridad exigidos por la Administraci贸n Nacional de Aviaci贸n Civil (ANAC). 

De este modo, el SMN deja de ser el proveedor exclusivo del servicio meteorol贸gico para vuelos, como lo hab铆a sido hasta ahora. No obstante, el decreto establece un r茅gimen transitorio para evitar cualquier interrupci贸n del servicio.

Durante un plazo de hasta 180 d铆as h谩biles, el Servicio Meteorol贸gico Nacional deber谩 continuar prestando el MET aeron谩utico asistiendo a EANA, mientras se implementa el nuevo esquema de responsabilidades. El Gobierno argumenta que este per铆odo de transici贸n es necesario para garantizar la continuidad operativa y preservar los niveles de seguridad a茅rea exigidos por las normas nacionales e internacionales.

La norma tambi茅n introduce un cambio en el destino de los recursos econ贸micos asociados a esta funci贸n. El 10% de la Tasa de Protecci贸n al Vuelo que hasta ahora se transfer铆a al SMN como contraprestaci贸n por el servicio meteorol贸gico aeron谩utico dejar谩 de ingresar al organismo y ser谩 redireccionado a una cuenta espec铆fica del Tesoro Nacional vinculada a la prestaci贸n del servicio por parte de EANA.

 Seg煤n el Poder Ejecutivo, esta reasignaci贸n acompa帽a el traspaso de responsabilidades y busca alinear financiamiento y operaci贸n.

En los considerandos del decreto, el Gobierno justifica la urgencia de la medida al advertir que la interrupci贸n del servicio meteorol贸gico aeron谩utico puede generar demoras, cancelaciones, desv铆os y restricciones operativas, con impacto directo en pasajeros, operadores, cargas y en la actividad econ贸mica en general.

El texto subraya que el sistema de navegaci贸n a茅rea funciona como un conjunto t茅cnico 煤nico, interdependiente y de operaci贸n continua, por lo que la falla de uno de sus componentes compromete la totalidad del sistema. 

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