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Reforma laboral: los cambios centrales y cómo impactan en el trabajo

El proyecto, que el Senado convertirá en ley este viernes, modificará vacaciones e indemnizaciones, entre otros puntos.

El Senado convertirá en ley el próximo viernes el proyecto de reforma laboral, que tendrá un fuerte impacto en las relaciones del trabajo. Se debe a que contempla profundos cambios en el sistema de despidos, vacaciones, negociaciones colectivas de trabajo y derecho de huelga en servicios esenciales.

La sanción del proyecto que reforma leyes sindicales y laborales se efectuará el próximo viernes, 2 días antes de que el presidente Javier Milei inaugure las sesiones ordinarias del Congreso.Esta ley impactará de lleno en las relaciones laborales, ya que introducirá cambios en diversos puntos.

Vacaciones. Deberán ser acordadas entre el empresario y el trabajador entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente, pero se permite que las partes pacten disfrutarlas fuera de esa fecha. Podrán fraccionarse en plazos de un mínimo de 7 días consecutivos.

Banco de horas. Las empresas no tendrán obligación de pagar horas extras, siempre que haya acuerdo entre empleado y empleador, ya que habrá un sistema de compensación. Si un empleado trabaja 12 horas en lugar de 8, se le podrán dar 4 horas a compensar. La jornada máxima será de 12 horas (con 12 horas obligatorias de descanso) y esa extensión laboral será compensada con la reducción de la jornada en otra fecha del calendario.
Indemnizaciones. Serán más económicas para las empresas, pero con mayor certidumbre, ya que no se computará el aguinaldo, vacaciones o premios, y sólo se hará en base al salario básico. Se tomará como base el sueldo promedio de la actividad. Las indemnizaciones podrán pagarse en 12 cuotas en las empresas grandes y 18 en las pymes.

Sentencias judiciales. Se pagarán en hasta 6 cuotas (12 cuotas en Pymes) mensuales consecutivas, ajustadas por el Ãndice de Precios al Consumidor (IPC) y una tasa de interés del 3% anual. La determinación de los montos dependerá de la interpretación de un juez.

Fondo de Asistencia Laboral. El sistema estará destinado a cubrir los costos de desvinculación. Se financiará con una contribución mensual obligatoria a cargo de los empleadores: las grandes empresas aportarán el 1% de las remuneraciones, mientras que para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) el aporte será del 2,5%. Con aval de la Comisión Bicameral, el gobierno tendrá la facultad de incrementar estos porcentajes hasta el 1,5% y el 3% respectivamente.

Sindicatos. Se mantendrá el aporte que le descuentan a los trabajadores para el sindicato con un tope del 2%, y el empleador se mantendrá como agente de retención como exigía la CGT. Las asambleas requerirán el aval de los empleadores y los dirigentes gremiales sólo tendrán 10 días al mes para desarrollar sus tareas en horario de trabajo.

Ultraactividad. Los convenios colectivos con plazo vencido no mantendrán sus efectos en el transcurso de tiempo hasta la firma de un nuevo acuerdo colectivo. Solo quedarán vigentes las normas referidas a las condiciones de trabajo.

Derecho de huelga. Se restringe este derecho, al declararse determinadas actividades como "servicios esenciales" (con la obligación de garantizar una cobertura mínima del 75%) y "servicios trascendentales" (con la obligación de garantizar una cobertura mínima del 50%).
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