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Reforma laboral: cuáles son los cambios en contratos, sindicatos y huelgas

La Cámara de Diputados aprobó la iniciativa oficialista en la madrugada de este viernes con 135 votos a favor y 115 en contra en la general. El debate volvió al Senado.

El proyecto de reforma laboral, que aprobó en la madrugada de este viernes la Cámara de Diputados y el oficialismo buscará convertir en ley la próxima semana en el Senado, establece cambios en las normas de Contrato de Trabajo, la Nº 20.744, y de Asociaciones Sindicales, la Nº 23.551, entre sus principales puntos. 

Convenios por empresa 

"Los Convenios Colectivos de ámbito mayor no podrán modificar ni disponer el contenido de los convenios de ámbito menor", indica el proyecto de ley.  Promueve así la descentralización de la negociación colectiva y la pérdida de peso de los sindicatos en la representación de los derechos colectivos. 

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Ultraactividad 

Los Convenios Colectivos con plazo vencido no mantendrán sus efectos en el transcurso de tiempo hasta la firma de un nuevo acuerdo colectivo. 

De esta manera, si la iniciativa se convierte en ley, sólo quedarán vigentes las normas referidas a las condiciones de trabajo una vez vencidos los Convenios. 

Salario "dinámico" 

Se permitirá en la negociación colectiva de actividad, rama, región, acuerdo de empresa y/o mediante acuerdo individual o decisión unilateral del empleador, incorporarse por encima de los salarios, otros componentes retributivos dinámicos adicionales, transitorios, fijos o variables. 

Indemnizaciones 

Se mantiene el criterio de pago al trabajador de "una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, tomando como base de cálculo la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor".

Sin embargo, se especifica que en las liquidaciones resarcitorias por despidos sin causa "no tendrán incidencia los conceptos de pago no mensuales, como el Sueldo Anual Complementario (SAC), vacaciones y premios que no sean de pago mensual". 

Cancelación de sentencias por juicios 

Pago en hasta 6 cuotas (12 cuotas en pymes) mensuales consecutivas, ajustadas por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y una tasa de interés del 3% anual. 

La determinación de los montos, de esta manera, ya no dependerá de la interpretación de un juez

Fondo de Asistencia Laboral 

Se creará el Fondo de Asistencia Laboral para financiar despidos que se conformara con "una contribución mensual del 1% para las grandes empresas y 2,5% para las micro, pequeñas y medianas empresas". 

En el proyecto de ley, se añade: "A cambio de esos aportes, las empresas recibirán el beneficio de descuentos en las contribuciones patronales que tienen destino a la Seguridad Social (ANSES)". 

Banco de horas 

"Se podrá utilizar el 'banco de horas' de modo de compensar la mayor jornada de algún día con la menor de otro, siempre y cuando no se supere el máximo legal de la jornada semanal, o la que estipule el régimen laboral específico aplicable", indica la iniciativa. 

La jornada máxima será de 12 horas, con otras 12 obligatorias de descanso, y la extensión laboral será compensada con la reducción de la jornada en otra fecha del calendario. 

Vacaciones 

Las vacaciones se otorgarán "entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente" y se podrán tomar en forma dividida con un plazo mínimo de 7 días. 

Los empleadores deberán notificar por escrito al trabajador con una antelación "no menor a 45 días, sin perjuicio de que las convenciones colectivas de trabajo u otros acuerdos celebrados con la representación sindical en la empresa puedan establecer sistemas diferentes, conforme a las particularidades de cada actividad". 

Pago en moneda local o extranjera 

Se incorpora la posibilidad de que el empleador remunere al trabajador en moneda extranjera, al margen de la nacional y otras modalidades ya comprendidas en el régimen actual. 

Antigüedad 

El proyecto establece que "se computará como antigüedad el tiempo de servicio anterior en los casos en que el trabajador hubiese cesado por cualquier causa y reingrese bajo las órdenes del mismo empleador". 

"Si transcurriese un plazo de dos años entre el cese del vínculo laboral, cualquiera fuera la causa, y el trabajador reingresara a prestar servicios con el mismo empleador, la antigüedad del tiempo de servicio anterior no será computada", indica la iniciativa. 

Sindicatos 

Respecto de la cuotas solidarias, establece un tope del 2%. En relación a las asambleas, precisa que sólo podrán realizarse en los establecimientos de trabajo con la autorización del empleador. 

Se les reconocerá a los delegados sindicales, para "el ejercicio de sus funciones, un crédito de hasta 10 horas mensuales retribuidas", señala el texto normativo. 

Limitación al derecho de huelga 

Se restringe el derecho a huelga al declararse determinadas actividades como "servicios esenciales", con la obligación de garantizar una cobertura mínima del 75%, y "servicios trascendentales", con una cobertura mínima del 50%. 

Bloqueos 

Serán consideradas "infracciones muy graves" acciones como la de afectar la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza producto de "actos y/o hechos y/o intimidaciones o amenazas".

Responsabilidad solidaria en la contratación de terceros 

Se elimina la responsabilidad solidaria de la empresa principal que contrata a una tercera empresa para la prestación de servicios. 

"Los trabajadores serán considerados empleados directos de quienes registren la relación laboral, sin perjuicio de haber sido contratados con vistas a utilizar su prestación o a proporcionarlos a terceras empresas", se estipula en la iniciativa. 

RIMI 

Se crea el Régimen de Incentivo a las Medianas Inversiones (RIMI) con el fin de que las pequeñas y medianas empresas avancen con emprendimientos mediante beneficios de amortización de Ganancias e IVA. 

Certificados médicos 

Establece una serie de requisitos de validez para los certificados médicos que justifiquen las inasistencias por enfermedad o accidente inculpable. 

Ante la discrepancia de certificados médicos entre la empresa y un trabajador, se podrá pedir una junta médica. 

Nuevos empleos 

Habrá incentivos para empresas que contraten nuevo personal, como la rebaja de contribuciones patronales. 

Plataformas 

Se denomina a los repartidores como "prestadores independientes", siendo considerados autónomos y no empleados bajo la Ley de Contrato de Trabajo

No obstante, las empresas tendrán que contratar seguros de accidentes, además de brindar capacitación a esos trabajadores.

Impuestos 

Se derogan impuestos internos a las embarcaciones, aviones, automóviles, celulares y productos suntuarios. 

Se eximen los intereses de plazos fijos en dólares y el resultado de la venta de inmuebles destinados a casa-habitación desde 2026. 

Se propone su exención a la energía eléctrica utilizada en sistemas de riego para el sector agroindustrial. 

Justicia del Trabajo 

Se establece el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires

INCAA 

Se posterga hasta el 2028 la eliminación del fondo que financia el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), que se compone impositivamente del 10% de las entradas, un 10% sobre la venta o alquiler de videogramas y un 25% de la recaudación del ENACOM. 

Derogaciones 

Derogación de la ley de Teletrabajo y reemplazo por modalidades más flexibles, además de la de estatutos específicos como el del Periodista Profesional en un plazo de un año desde la sanción de la ley.

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