Buscan que una calle de La Paternal pase a llamarse Diego Armando Maradona
La iniciativa propone denominar con el nombre del "Diez" a un tramo de Boyacá, entre Juan B. Justo y Álvarez Jonte, y de Punta Arenas, desde Álvarez Jonte hasta del Campo, que suman 30 cuadras que atraviesan los barrios porteños de Villa General Mitre y La Paternal.
A menos de una semana de la muerte de Diego Armando Maradona, un grupo de funcionarios del Frente de Todos envió un proyecto de ley a la Legislatura porteña para cambiar el nombre de una calle por la del astro argentino en el barrio porteño de La Paternal.
La iniciativa propone denominar “Diego Armando Maradona” al actual tramo de Boyacá, entre Juan B. Justo y Álvarez Jonte; y de Punta Arenas, desde Álvarez Jonte hasta del Campo, que suman un total de 30 cuadras que atraviesan los barrios de Villa General Mitre y La Paternal.
La idea es armar con corredor que una el estadio de Argentinos Juniors, que también lleva el nombre del "Diez" y el Microestadio Cubierto Malvinas Argentinas. La propuesta, acompañada por el club, también incluye la creación de un círculo turístico, deportivo y cultural a cielo abierto.
"En la constante voluntad de nuestro bloque de profundizar en la identidad de cada uno de nuestros barrios compartimos con la AAJJ que el recorrido propuesto es el más identitario de la enorme figura homenajeado y pretendemos hacer de este un paseo turístico, deportivo y cultural", indicaron los legisladores del Frente de Todos en su propuesta.
En el comunicado precisaron que, en este corredor, las entidades deportivas nacionales e internacionales podrán colocar "símbolos, pequeñas esculturas, placas con escritos y otros elementos simbólicos", y lograr así un espacio "donde las más variadas instituciones deportivas y los millones de admiradores de Maradona puedan rendirle su merecido homenaje".
Por otro lado, el proyecto pide, para la aprobación de la iniciativa, que quede exceptuada de los alcances de las leyes 83 y 1206, las cuales establecen que para la designación de calles en la Ciudad con nombres de personas, deben transcurrir al menos diez años de la muerte del homenajeado.